Iniciación de procedimiento de revisión de ip

Me dirijo nuevamente a Todo expertos para una duda que tengo y paso a exponerla.

Me concedieron hace un año la incapacidad permanente absoluta y en el dictamen de la resolución pone que podrá ser revisada por agravación o mejoría a partir del 14-6-2015 .

Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de trabajo antes de dos años.

Y en la resolución pone fecha de revisión el 14-6-2015 ( todo literalmente en negrita ).

Pues bien acabo de recibir una carta (por correo ordinario) donde paso a decirle lo que pone. (Todo literalmente también).

Le comunicamos que con fecha 14 de junio de 2015 esta dirección provincial va a iniciar de oficio un procedimiento para la revisión de su situación de incapacidad permanente, en aplicación de lo dispuesto en el articulo 143 del Texto Refundido de la ley General de la Seguridad Social, aprobado por el real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE de 29 de junio).

De acuerdo con lo establecido en el apartado primero del articulo 6 del real decreto 1300/1995, de 21 de julio, de incapacidades laborales de la Seguridad Social, el plazo máximo para resolver y notificar este procedimiento iniciado de oficio sera de ciento treinta y cinco días.

Al amparo de lo dispuesto en el apartado primero del articulo de 18 de enero de 1996 (BOE del día 26), en aplicación y desarrollo del real decreto 1300/1995, de 21 de julio, se abre un periodo de prueba por un plazo de 15 días para presentar las alegaciones que estime pertinentes.

Excusándome por extenderme tanto paso a exponerle mis preguntas.

¿Qué alegaciones puedo presentar?

¿Tengo algo que hacer o esperar?

¿Tienen qué mandarme una carta para citarme al tribunal antes de de dictaminar nada?

¿Me pueden quitar o rebajar al grado de total la pensión?

Yo he mejorado un poco, pero no me encuentro en condiciones de trabajar ni creo que llegue a ponerme bien para desarrollar mi trabajo habitual, pues mi profesión es la de albañil y trabajos agrícolas.

Los doctores que llevan mi caso, me han dado el alta diciendo que no pueden hacer nada más y que si empeorara que vuelva, tan solo tengo ya visita con la doctora de rehabilitación que me acaba de hacer un elctromiograma y estamos a la espera de los resultados, aunque ya me adelantaron que la recuperación había sido poca y si en dos años no se ha recuperado hay pocas posibilidades.

Sin nada más y volviendo a pedir perdón por extenderme tanto y dándole las gracias de antemano espero su respuesta.

Le saluda atentamente. Francisco Anguita

2 respuestas

Respuesta
1

No comentas de que se trata tu patología, aunque llevándote médicos rehabilitadores y teniéndote que hacer un electromiograma presupongo que tendrás algún tipo de lesión medular o neuromuscular,

En cualquier caso, como trabajadora social relacionada con el mundo de las discapacidades paso a responderte tus dudas.

¿Qué alegaciones puedo presentar?

En principio el curso de alegaciones no correspondería en este momento del proceso, que recordemos es el inicio de trámite. Las alegaciones tendrían lugar una vez dada la resolución definitiva de tu situación de incapacidad.

¿Tengo algo que hacer o esperar?

No. Tan solo espera a que el Tribunal Médico te cite. Ellos mismos iniciarán los trámites de oficia. Procura tener informes médicos actualizados de tu situación actual. Importante: necesario que los informes hablen de las limitaciones que supone tu patología en la vida diaria. Esto es algo que hay que explicarle a los médicos porque muchas veces lo pasan por alto y se centran más en el aspecto biológico funcional, que las consecuencias a nivel familiar y social.

¿Tienen qué mandarme una carta para citarme al tribunal antes de de dictaminar nada?

Si. Antes de dictaminar la nueva condición de incapacidad, te citarán para que acudas ante el tribunal médico correspondiente.

¿Me pueden quitar o rebajar al grado de total la pensión?

Podría. Hay tres opciones:

- Que consideren que tu situación se mantiene igual y por ende, te concedan la incapacidad permanente absoluta definitiva.

- Que consideren que has empeorado y por tanto te corresponde un grado mayor (por lo que comentas, parece que no existe agravamiento).

- Que consideren que tu situación ha mejorado y por tanto, si puedas volver a emplearte, aunque no sea en tu profesión habitual. En ese caso se te rebaja a una permanente total, y solo quedarías inhabilitado para el ejercicio de albañil, pero no para otros.

Espero que tengas mucha suerte en el proceso y que todo salga como tu esperas.

Hola Usagich le mando la patología que padezco para que usted la vea.

El día 14-4-2013 tuve un accidente no laboral, pues una maquina de cavar me pillo la pierna izquierda y me produjo una serie de lesiones. Resultado de herida abierta de rodilla y pie, rotura de arteria femoral y poplitea, rotura de ambas mesetas tibiales y peroné y afectación con parálisis del nervio ciático poplíteo.Además de todo esto en la misma pierna también estaba ya intervenida dos veces de osteomielitis del fémur con flexión de rodilla de 0-90º y dismetría de MI.

Ha pesar de que ya ha pasado dos años yo sigo teniendo muchos dolores y una mínima movilidad en pie y tobillo además de una opresión en toda la pierna desde la rodilla hasta el pie, ahora mismo tengo cojera y deambulo con bastón.

Me hicieron una electromiografía con el resultado: Axonotmesis parcial severa del nervio ciático común izquierdo por encima de la rodilla con más afectación para el nervio ciático poplíteo externo que para el interno.

El especialista me dice que quedaran secuelas y que la opresión que siento puede que remitan algo con el paso de varios años y puede que del todo no desaparezcan.

Como ya expuse antes mi profesión era albañil aunque el día que me paso el accidente yo estaba trabajando en el campo y dado de alta en el régimen agrícola por lo que la incapacidad me la dieron por el campo.

Como ya he comentado antes me encuentro algo mejor como es lógico pues las cicatrices ya no están frescas y se lleva mejor pero de todo lo demás no ha habido casi mejoría de hecho la electromiografía que me acaban de hacer (estoy a la espera de los resultados) me han adelantado que es poco más o menos lo mismo que antes y que si en dos años no se ha recuperado el nervio ven difícil que se recupere.

Muchas gracias por la respuesta de antes y de antemano por esta.

Le saluda atentamente Francisco Anguita

Como ya le comenté antes, si existe mejoría aunque sea leve, siempre hay la posibilidad de que el INSS consideré que usted ya no se encuentre en situación de incapacidad absoluta.

No puedo darle mi opinión porque valorar esta situación médica le corresponde al oportuno profesional.

Simplemente le puedo aconsejar que lleve los informes médicos cuanto más actualizados mejor en los que figure la limitación que sufre usted en las actividades de la vida diaria, y para encontrarse empleado.

Respuesta
1

Si pone en la carta que es revisable por mejoría o agravamiento es posible que si ellos lo consideran te rebajen el pprcentaje de minusvalía. Es posible que si lo consideran te la puedan quitar o rebajar la pensión. Si, es posible.

Tienes aue esperar a que te envíen otra carta para la revisión de todas formas dirígete a tu asistente social para que te ayude con las dudas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas