Recomendación: ¿Tipo de despido? En beneficio de la empresa

Tengo un trabajador con mucha antigüedad que está de baja por depresión meses y meses, quiero despedirlo ya, por muchos motivos, pero él dice una cosa y yo digo otra. Supongo que lo mejor será llegar a un acuerdo, como es lógico, pero qué tipo de despido me aconsejan, ¿objetivo? Supongo que como empresa llevaré todas las de perder, pero quiero saber qué tipo de despido o como hacerlo para que pueda beneficiarme en la medida de lo posible.

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Si tiene causas económicas, productivas, organizativas que pueda alegar y defender en juicio, puede despedirle mediante un despido objetivo. Si el trabajador ha cometido algún tipo de infracción laboral, puede proceder a despedirle disciplinariamente. Fuera de estos supuestos, el despido sería improcedente.

Si necesita asesoramiento al respecto, no dude en contactar con nosotros.

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Estimado/a consultante,

Por ampliar la completa respuesta de mi compañero, indicarle que partimos de la base de que el despido a practicar es, o bien objetivo, o bien disciplinario. Todo lo que se salga de ahí, evidentemente perjudica a la empresa, y para que se reconozca un despido contrario a los intereses de la empresa siempre hay tiempo.

Como bien señala el compañero, si ha habido alguna falta de disciplina, el despido más apropiado es el disciplinario que, además, no conlleva indemnización. Correcto correcto no es, puesto que los Tribunales entienden que, ante una falta de disciplina, el despido es el castigo más fuerte que se puede imponer al trabajador y, antes de despedirlo hay que tomar otras medidas menos restrictivas como suspensión de empleo y sueldo. Es la llamada "teoría gradualista". Pero sí, adecuado sería.

Si no ha habido ninguna falta de disciplina (lógico por otra parte si lleva meses de baja), el despido debe catalogarse objetivo, pero hay que concretar más, puesto que dentro de los despidos objetivos tenemos varios, según la situación. Ha de tenerse en cuenta dos cosas:

1) Que es la empresa quien tendrá que demostrar que el despido es procedente

2) Que el motivo que se indique en la carta de despido será invariable en juicio, si se llega.

Si el trabajador lleva meses y meses de baja, una de las opciones que, a bote pronto, se me ocurre es la de la bajada de rendimiento. También habrá que ver qué tiempo lleva de baja y demás pues, con la reforma, existen periodos de baja superiores a los cuales se puede proceder al despido. Si se habla de despido objetivo por causas económicas habrá que demostrar esas pérdidas, lo cual no siempre es complicado.

Como puede ver, es un tema a estudiar con detenimiento.

Sí debo advertirle que, al margen del tipo de despido que se lleve a cabo, debe estar asesorado por abogados laboralistas, ya seamos nosotros o cualquier otro despacho. Porque una cosa es que un Juez determine el despido como improcedente porque la empresa no pueda demostrar que es procedente (lo cual es inevitable) y otra cosa es que un Juez determine un despido como improcedente porque la empresa no haya cumplido los requisitos de forma para llevar a cabo el despido, por falta de carta de despido, por ejemplo (lo cual sería absurdo y evitable).

Le invito a que nos contacte en los datos que le facilito y le atenderemos personalmente:

[email protected]

951 71 50 41

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