Rescindir contrato con un administrador de comunidad de propietarios

Tenemos un administrador con el cual no estamos contentos con su servicio. En dicho contrato, pone que en la primera hoja el presupuesto que nos pasa, el cual, dice mas o menos lo siguiente:

Precio mensual labores adminitrativas, de mantenimiento y asesoramiento legal

(Ahora vienen los datos de lacomunidad y los honorarios/mes)

Después no viene lo siguiente:

El incremento del precio por estos servicios se adaptará cada año, en función del índice de Precios al consumo (I.P.C.), sin perfuicio de lo reajustes o adaptaciones que, en sucaso, detemine la Asambla Teritoral del Colegio de Administradores de Fincas. Los servicos no determnados e la presente relación y que sean demandados por la Comunidad de Propetarios, se facturaran aparte, según el baremo oficial de honorarios profesionales del Ilstre Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Cantabria.

Dicho esto, ¿el contrato se puede rescindir cuando la junta de propietaros quiera o tiene que cumplir un año completo?

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En la parte que ha copiado del contrato (¿o presupuesto?), no se especifica qué sucede si se rescinde. Sólo especifica cómo se incrementarán los precios a cada renovación anual.

De todos modos, la Comunidad puede rescindir el contrato cuando lo desee. No se puede obligar a la Comunidad a mantener un servicio de este tipo, si no lo desea. Tenga en cuenta que se trata de un cargo que debe ser de toda confianza, dadas las atribuciones asignadas y las responsabilidades que conlleva.

Sin embargo, si en el contrato se estipulase un margen de preaviso o una indemnización en caso de finalización anticipada, habría que respetarlo.

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