Tengo 63 años y 43 años cotizados. Por problemas en la empresa me voy a ir al paro. Una vez transcurridos los dos años de paro

Una vez transcurridos los dos años de paro que justamente son los que me quedan para los 65 años, tengo derecho a cobrar el 100% de mi pensión de jubilación o se me reduciría unaparte por estos dos años cobrando paro.

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Mientras estas cobrando la prestación de desempleo ("el paro") el SEPE cotiza por ti a la SS por la misma base de tu último trabajo (en puridad por la media de los últimos 180 días). Por lo tanto a efectos del importe de la pensión de jubilación contributiva no te afecta que las últimas cotizaciones provengan del SEPE o de una Empresa (el 23,60% de la base de cotización). Si te fijas en tu "nómina" del paro verás que tienes retención de IRPF para Hacienda y también se deduce la parte correspondiente al trabajador (4,70% de la base de cotización) de las cuotas de la SS

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