Duda gastos de constitución de hipoteca

He visitado hace varios días dos oficinas del mismo banco para pedir información sobre las condiciones y requisito para solicitar una hipoteca y así barajar la posibilidad de comprar una vivienda.

En una de las oficinas me dicen que los gastos, los cuales corren a mi cuenta y no lo financian, ascienden aproximadamente al 10% del valor de la vivienda. En la otra oficina me dicen que es el 15%.

Me gustaría saber si ese tanto por ciento es calculado sobre el precio de venta o sobre el precio de tasación y, por vuestra propia experiencia, que porcentaje se acercaría más a la realidad.

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Un diez por ciento sobre el valor de compra de la vivienda, es una cantidad bastante certera, ya que, hay que pagar notaria. Registo gestión, tasación, impuesto de transmisiones ( o IVA en el caso de obra nueva), así como actos jurídicos documentados. A esto habría que añadir, dependiendo del banco, comisión de apertura, comisión de estudio, así como los diferentes seguros que suelen ir implícitos en muchas hipotecas ( aunque se suelen descontar del importe de la hipoteca.)

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Una cosa son los gastos de hipoteca y otra son los gastos de compra de vivienda

Ambos independientes del calculo de tasación, habida cuenta de que la tasación es un baremo que sirve exclusivamente para que el banco valore, entre otras cosas, si le interesar prestarle o nó el dinero.

Los gastos de hipoteca tienen que ver en esencia con el préstamo que le hace el banco y que tiene como principal garantía la vivienda objeto de la operación, sobre el cual, se hace una hipoteca . gastos principales deberían ser sólo ( sin incluir tasación) notaría, gestoría ( si quiere que se haga cargo el banco ) y registros.

OJO cuando pague el préstamo m y la casa por lo tanto quede libre de cargas, tendrá igualmente que pagar para levantar la carga

Si lo paga y no levanta la carga en registro, la casa sigue estando igual que si siguiera pagando el préstamo

Los gastos de compra de la casa, que existen igualmente aunque no hubiera hipoteca, en esencia son impuestos más lo que le quieran cobrar igualmente notaría y gestoría

IMPORTANTE los gastos oficiales son indiscutibles, los privados,( notaría, gestoría y demás nó ), nó, por lo que si puede elegir banco tenga presente que efectivamente puede haber competencia y de ahí las diferencias de " gastos ", aunque también tenga presente que esos gastos corresponden a despachos vinculados con su banco, por lo que si quiere ese banco, tendrá esos gastos

Así mismo con los seguros, pida por adelantado, cuántos y por cuánto .

Recuerde que por ley sólo es obligatorio el de incendios y no se señala con qué entidad se tiene que realizar aunque obviamente su banco si que se lo a decir,

Todos participan del negocio

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Los bancos siempre dan valores aproximados de este tipo de gastos, pues suelen recoger esta provisión de fondos, para los gastos de notario, impuestos, registro y gestoría.

Dependerá de su comunidad autónoma y de si es vivienda habitual, además del importe de compra de la vivienda. Por un lado tiene los gastos propios de la compra y por otro los de la hipoteca. Y para evitarle problemas, le recomendamos que solicite una oferta vinculante para la hipoteca y que le especifiquen claramente los gastos de la operación asociados a la constitución del crédito hipotecario y los de la compra de la vivienda (será la provisión de fondos que ha de entregar).

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