FOndo de reserva de comunidad de propietarios

La pregunta que tengo es: en una comunidad de propietarios, el fondo de reserva ¿debe guardarse en una cuenta aparte de la cuenta corriente donde se tiene el dinero de la comunidad, o puede guardarse en esa misma cuenta, sabiendo que no se puede tocar, y detallandolo en la contabilidad de la comunidad?

La cuestión es: somos una comunidad muy pequeña, el presupuesto anual estará en torno a 5000 euros, asi que el fondo serían 250 euros. Si abrimos una cuenta para eso, cada año en gastos de mantenimiento nos van a cobrar comisiones que preferimos evitar. ¿Es posible guardar ese dinero en la misma cuenta, anotando en cuenta que ese dinero no se puede tocar?

¿O cómo debe hacerse para hacerse bien?

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Por deber, se deben guardar todas las formalidades que indica la ley.

En la práctica lo que se hace es recaudar ese porcentaje de más cada año, junto con el presupuesto, y luego guardarlo para los imprevistos como "fondo de comunidad".

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No es necesario tener el fondo de reserva en cuenta aparte. Puede, perfectamente, estar junto con el resto de los fondos de la Comunidad.

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