Vecinos...

Mi problema es un poco complicado. Resulta que donde vivo, los vecinos me hacen la vida imposible. Resulta que ahora se han sacado que mi perro no puede utilizar el ascensor, porque dicen que es un perro grande y lo mancha. Pero los demás perros del portal sí que pueden. También le han prohibido a mi hijo subir la bicicleta en él. Resulta además que la comunidad de vecinos no tiene ningún seguro, por lo que si mi hijo se cae por las escaleras al subir su bicicleta, ¿qué puede ocurrir? Me gustaría saber si todo esto es legal y qué podría hacer.

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Decirte lo primero que mires las normas internas de funcionamiento de la comunidad caso de que existan, en ella deben aparecer esas actividades como prohibidas para poder impedírtelo, sino sólo pueden hacerlo mediante acuerdo válidamente acordado en la junta de propietarios que siempre se podría impugnar en caso de ser tomado para perjudicarte como parece ser el caso, pero todo ello lo tienen que hacer por medio de acuerdo de la junta y tú debes mostrar en ella tu disconformidad y que la hagan constar.
Respecto a lo otro, decirte que es obligatorio que las comunidades suscriban un seguro obligatorio o un fondo de reserva, sino puedes instar que lo hagan incluso judicialmente. De todas maneras si ves que los problemas persisten acude a un abogado de tu zona y que emprenda las acciones oportunas.
Muchas gracias. Si no he entendido mal:
- ¿No hay ninguna ley que prohíba subir animales en el ascensor?
- ¿Debo exigir un seguro común para la comunidad?
- ¿Qué ocurrirá si se niegan a contratar un seguro?
No existe en principio ninguna ley que prohíba tener animales de compañía en tu casa, lo único que tu perro estuviera calificado como peligroso y en ese caso deberías cumplir una serie de requisitos para tenerlo, existen a nivel estatal, autonómico una serie de obligaciones de los dueños de animales de compañía nada más, relativas primordialmente a su registro y cuidado, después a nivel municipal pueden existir ordenanzas municipales, te acercas a tu ayuntamiento te informarán, pero como te dije no pueden prohibírtelo si además a otros perros de los demás vecinos sí se lo permiten.
Respecto a lo otro, me refería a que es obligatorio que las comunidades doten al menos un 5% de su presupuesto a este fondo de reserva que es para mantenimiento del edificio y con cargo a él pueden suscribir un seguro con la misma finalidad. Lo que está claro es que si a tu hijo le ocurre algo la comunidad responderá vía responsabilidad extracontractual y habrá de indemnizar por los daños causados, lo que pasa es que como no suelen ser bastante solventes por eso se estableció esta obligación en la nueva ley para que puedan hacer frente a los gastos e imprevistos, este fondo en principio no debería cubrir estar responsabilidades pero claro está que sino dispone de dinero se podría pedir que pagara con este fondo.

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