Desistido la solicitud de residencia 2da renovación.

Antes q´nada muchas gracias por orientar en estos temas tan complicados.
Resulta q´el 18/12/2009 he presentado los papeles para la 2da renovación de residencia por cuenta ajena y el 23 de febrero del 2010 llega una carta certificada pero como no me encontraba en mi domicilio lo volvieron a enviar a extranjería poq´ por error en el correo lo devolvieron, pero en el correo me dijeron q´seguro al ser de extranjería me lo reenviarían.
Aun así envié un fax a extranjería explicando todo lo q´había pasado, pero como no contestan ni nada, aparte llame a un teléfono y hable con una persona q´no tenia ni idea de la carta incluso me dice q´de extranjería no envían cartas certificadas y todo esto me lo dice una persona q´trabaja en el teléfono de extranjería donde se puede consultar.
Ahora me ha llegado una carta q´pone ARCHIVO POR IMPAGO DE TASAS
Y desistido la solicitud de autorización de residencia.
Mi pregunta es, si no he recibibo la carta certificada para el pago de las tasas, no he firmado nada, cómo pueden proceder de esta manera, ni siquiera volvieron a reenviarme la carta para el pago.
Estoy muy indignada, somos personas, tengo mi vida hecha aquí, y tengo q´depender de un hilo.
¿Qué puedo hacer?

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Lo que usted pregunta es algo que está ocurriendo y que se debe a que por la entrada en vigor de la modificación de la ley de extranjería de diciembre 2009 se instauraron una serie de tasas de tramitación que hay que pagar para que se tramite el expediente. Caso de no proceder al pago de las mismas se archiva el expediente.
Respecto a lo que comenta de la telefonista es algo que puede llegar a ocurrir pues las personas que responden al teléfono no suelen tener formación jurídica y se limitan a responder de un modo automático y tasado. Lo que usted debería haber hecho es haber consultado con un profesional del Derecho que le hubiera asesorado convenientemente sobre el correcto proceder. Pero eso es algo que es pasado y que no se puede cambiar.
Lo que si se puede atajar es el hecho del archivo. Imagino que usted tendrá todos los justificantes de haber enviado dicho fax y que no se encontraba en su domicilio cuando se produjo la llegada de la primera carta. La resolución de archivo tendrá una fecha de notificación y le habrán dado un plazo para recurrirla (suele ser un mes desde la notificación). Si es así, usted debería recurrir el archivo por impago argumentando lo que dice y solicitando que se le envíe de nuevo el impreso para el pago de la tasa. Dicho recurso sería conveniente que se lo hiciera un profesional del Derecho para tener unas mínimas garántias de que lo que se pide está ajustado a Derecho y aumentar las posibilidades de éxito.
No se demore en el recurso pues el tiempo pasa y una vez transcurrido el plazo para recurrir la resolución será firme y no cabrá más recurso administrativo y habría que acudir al juzgado para revocar dicha injusta decisión.
Nada más por mi parte y quedo a su entera disposición para lo que necesite.
F. Correa
Abogado
Teléfono.: 696676482
Muchas Gracias por la respuesta tan clara y rápida, ya he seguido su consejo y he acudido a la gestoría y lo he dejado en manos de una gestora, (¿lo ve correcto?)
Nuevamente le agradezco por su tiempo, la verdad es q´en un momento como éste de incertidumbre, es un alivio tener a una persona como usted asesorando desinteresadamente.
Muchas gracias!
En principio usted ha hecho lo correcto pues el recurso será hecho por un profesional dedicado al Derecho. El posible problema que yo puedo ver es que el Derecho de extranjería es una materia muy específica del Derecho administrativo y que requiere que la persona que redacte dicho recurso tenga cierta experiencia en el tema pues no se trata de un recurso administrativo común que se pueda utilizar un modelo. De todos modos, no dudo que la gestoría le redactará el recurso convenientemente.
Nuevamente le agradezco su confianza y me reitero en mi disposición a ayudarle. Un saludo
F. Correa
Abogado
Teléfono.: 696676482

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