¿Cómo española puedo traer a mi madre?

Hace poco tengo la nacionalidad española y quisiera saber si puedo hacer los tramites para traer a mi madre ella tiene 51 años y yo 25 estoy casada también con español ahora estoy sin trabajo, pero mi esposo es autónomo con muy buenos ingresos quisiera saber si pueden contar los ingresos de el para traer a mi madre. ¿O no? .. Yo quisiera aunque sea que venga de paseo por tres meses. Por favor dime si tengo posibilidades de ante mando mil i mil

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El ser española no concede privilegios, por ahora, a la hora de la reagrupación de ascendientes. Los españoles se deben acoger a lo que marca la ley de extranjería al respecto. Es decir, el ascendiente debe ser mayor de 65 años y cumplir el resto de requisitos relativos a economía, vivienda, etc.
Respecto a venir de paseo, en este caso si que podría venir pero hay que solicitarle un visado de turista y presentar una carta de invitación.
No la engaño en que la situación se ha endurecido a partir de la entrada en vigor de la modificación de la ley de extranjería en diciembre pasado.
Las posibilidades de concesión de ese visado de turista dependerán del consulado en cuestión, hay consulados más duros que otros a la hora de tramitar los visados de entrada y estancia en españa.
Muchísimas gracias la contesta, disculpa que te siga proguntando soy del ecuador, ¿cómo me decías que unos consulados son más difíciles que otros? ¿Y para ese tramite sirven los ingresos de mi esposo? ¿O pedirán los míos o los de llas? ¿Cuánto tarda? ¿Tu me das alguna posibilidad?... bueno otra vez mil gracias.
Como le he comentado antes, su madre no puede venir reagrupada por ser menor de 65 años. Existe la posibilidad de solicitar la reagrupación de ascendientes menores de dicha edad por circunstancias humanitarias pero es sumamente complicado que lo concedan.
Es una realidad que hay consulados que ponen más problemas a la hora de los visados que otros, se producen muchas denegaciones de visados con argumentos de lo más extraños. No sé como andará el consulado en quito pero es algo con lo que hay que contar.
Respecto a venir como turista es otra posibilidad. Deberá solicitar una carta de invitación para su familiar y aportar unos justificantes de alojamiento, seguro, ingresos, etc. Pero la carta no asegura la concesión del visado. Dado que usted se encuentra en desempleo los ingresos de su marido, al ser matrimonio, si se tendrían en cuenta a la hora de valorar su situación económica. Respecto al tiempo de tramitación, depende de la carga de trabajo de la delegación del gobierno en cuestión. No hay nada por escrito.
Posibilidad, como reagrupación no existe ninguna. Como turista cabe la posibilidad de solicitarlo y por pedirlo sólo va a perder el precio de la tasa de la carta de invitación (que no es poco) y el coste del visado de turista.
Es su decisión si quiere intentarlo o no.
Bueno se le agradece mucho la ayuda!... me quedo una duda del precio de la carta de invitación y los tramites a seguir, pero de todas formas se le agradece mucho.. un saludo

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