Vertido de aguas menores

He sido multado por verter aguas menores en la vía publica.
La cosa que quería preguntar es más bien el procedimiento que deben seguir para multarme, pues en su momento no fui informado de nada ni recibí ninguna denuncia ni nada, llegando a los 6 meses 1 carta informándome de todo.
¿Qué puedo hacer para que la multa no sea efectiva?

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Para pelear con las prescripciones hay que consultar el expediente en el Ayuntamiento, ver que infracción has cometido, etc. Los plazos son breves, pero varían según la normativa que las establezca, hay un plazo general, que es de 6 meses para las leves, creo que la tuya lo es, pero en principio parece estar dentro del plazo, lo que has recibido supongo que es la denuncia, ahora puedes formular alegaciones frente a ella. Si es la resolución sancionadora tendrás que comprobar si te han notificado o intentado notificar la denuncia. Si no es así puedes ganar el recurso, pero hay que conocer un poco cómo funciona el procedimiento. Suerte. No olvides puntuarme la respuesta.
Te comento y a ver si puedo ganar el recurso porque veo raro el proceso...
A ver mira, cierto día de botellona (04-04-04) con los amiguetes, pues uno no se aguanta y si, vertir mis aguas menores en la calle, me pidieron identificación 2 policías locales y me querían llevar para cuartelillo porque no llevaba la identificación encima.
Tras un poquito de diplomacia mía me pidieron mis datos para supuestamente lo típico de comprobar y ver si a lo mejor soy buskao o sospechoso de algo o las comprobaciones que hagan, y me dejaron ir sin decirme nada de que me ivan a denunciar ni nada.
Lo que he recibido tras pasar 6 meses sin saber siquiera que había sido denunciado, es una resolución por la alcaldía de la provincia donde fui denunciado.
¿Me indican que la sanción puede ser calificada como leve bajo multa de 150? Sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción.
¿Cómo ves la cosa?
Gracias de antemano por todo
Da igual que te dijeran lo de la denuncia o no. Lo relevante es saber de qué infracción se trata, es decir la norma jurídica que permite sancionarte, eso te lo tiene que decir en la resolución de la que me hablas. Si la apertura del expediente sancionador está dentro de los seis meses no ha prescrito la infracción, por lo que no puedes hacer nada. Pero cuentas con un comodín, alega que no eras tú, que tu no estabas en ese lugar ese día y a esa hora, alega cualquier cosa, no pasa nada, tienes derecho a mentir, por decirlo de alguna manera; que te indiquen cómo se produjo la identificaron del individuo que estaba meando, ya que has recibido otras denuncias similares porque alguien se hace pasar por ti cuando no le solicitan la información. El error de no identificarte como es debido es tu única defensa, aprovéchala. Salvo que te conozcan los policías, entonces no servirá de mucho. Venga, a ver si hay suerte. Puntúa la respuesta, si necesitas más información pregunta de nuevo.

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