Multa por invadir zona de carga y descarga

Ayer estacioné mi coche "invadiendo" con la rueda delantera una zona de carga y descarga con limitación horaria y la policía municipal me multó por "estacionar en zona de carga y descarga" con la correspondiente retirada del vehículo con la grúa.
En primer lugar he pedido las fotografías de la infracción y me ha comentado que tengo que solicitarla con el recurso, cosa que no tiene sentido pues yo las necesito precisamente para recurrir.
En segundo lugar, y esta es mi pregunta, me gustaría saber si la ley contempla algo sobre el porcentaje del vehículo que debe estar invadiendo dicha zona limitada para considerarse una infracción. Y si puedo alegar que mi vehículo estaba "estacionado" realmente en una zona permitida, ya que la 3/4 partes del mismo se encontraba en una zona sin marcas de prohibición.

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No, la ley no contempla porcentajes de vehículo estacionado en una zona acotada para la carga y descarga de vehículos autorizados, por lo tanto la denuncia aunque pueda parecer estricta, es ajustada a la ley.
Sobre la prueba que solicitas(fotografía), aunque no es preceptiva que la realicen, es facilitada si se recurre la denuncia, no antes y tiene su sentido, es obligación del conductor aportar las pruebas que se contrapongan a la denuncia y la de la administración aportar las que tuviera para reafirmarla y no al contrario, todo esto en el período de pruebas tras el recurso.

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