Multa por invadir carril bus

A través del Testra he descubierto una multa pendiente por incumplir el Art. 160 del RGC penada con una multa de 80 euros y sin puntos. Creo que se debe a la invasión del carril bus. La multa es del 1 de mayo de 2013 y en el Testra aparece como fecha de publicación 07-08-2013. En casa no he recibido ninguna notificación. ¿Podría anularse esta multa por haber transcurrido 3 meses (falta leve)? En caso contrario, ¿qué otras partes de la multa se podrían revisar?

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Le tienen que notificar la multa por correo.

Aun es pronto para recibirla si en el Testra sale con fecha 8 de agosto.

Su sus datos en trafico son correctos debe recibir la multa en su domicilio y firmar conforme la ha recibido, para que la notificación sea válida o negarse a firmar (la certificación de correos conforme se niega a firmar tiene valor de notificación)

La infracción tiene el carácter de grave y por tanto la prescripción es de 6 meses. Art. 65 c) Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Dependiendo de lo que diga la sanción, usted podrá formalizar recurso y presentar alegaciones.

Como recurrir ver: <a>http://www.lopezcollado.es/respuestas/administracion-publica/como-recurrir-ante-la-administraci%C3%B3n/</a>

www.lopezcollado.es

En primer lugar gracias por la prontitud en responder.

En cuanto a la multa, se ha intentado entregar dos veces en mi domicilio pero me encontraba ausente. El artículo que usted me indica se refiere a parar o estacionar en el carril bus, que no es el caso. La infracción es por circular por el carril bus, la cual no aparece ni como infracción grave ni muy grave y en internet veo que es leve, ¿es así?

Por otra parte, me han pedido un euro por ver la fotografía de la cámara de control.

Lea el articulo completo: c) Incumplir las disposiciones de esta Ley en materia de prioridad de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.

Es infracción de carácter grave.

Si recurre y gana el recurso puede reclamar el euro por ver la fotografía.

La notificación en el testra es la correcta y la fecha de notificación el día 7-8-2013.

<p class="a">Artículo 77 Práctica de la notificación de las denuncias

Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se anotará esta circunstancia en el expediente sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega, se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

Esa es la fecha que debe tener en cuenta si quiere formular recurso.

www.lopezcollado.es

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Si le han notificado en el Testra, es por que le han intentado notificar y o bien las ha recogido o bien en trafico no disponen de su domicilio actual, pues usted no lo comunicado.

Por lo tanto, no hay prescripción. Puede personarse en el procedimiento y estudiar el motivo exacto de la sanción.

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