Faltan bases de cotización

Recientemente solicité a la Seguridad Social las bases de cotización de mi marido para ir viendo el tema de la jubilación, mi marido es funcionario de un ayuntamiento desde hace 33 años y se jubilará con 65 años en 2016.
Pues bien, al recibir las bases de cotización veo que falta varias, es decir, no figura ninguna cotización en abril y septiembre de 1997; tampoco aparece nada en febrero, marzo, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 1998; así como tampoco enero, febrero, abril, mayo, junio, julio y agosto de 1999. En las bases de diciembre de 1998 aparecen 829 euros (cuando debería ser entre 1500-1600 euros). El Ayuntamiento dice que ellos cotizaron correctamente pero que ya no tienen en archivo la documentación y obviamente nosotros tampoco guardamos las nóminas de esas fechas.
En vista de la reforma de las jubilaciones mi marido podrá jubilarse en 2016, con 65 años cumplidos y más de 40 cotizados y la pensión de jubilación se le calculará teniendo en cuenta las cotizaciones de los últimos 228 meses (19 años) -POR FAVOR QUE ALGUIEN ME CONFIRME SI ESTO ES ASÍ-. ¿Comprenden ustedes ahora mi preocupación por esos meses que no figuran?, me dicen que no tiene importancia y que tomarán los meses anteriores pero es que en 1996 no cobraba lo mismo que en 1998 y me temo que al ser tantos meses la pensión puede disminuir más de 100 euros.
Gracias por la paciencia al leer este tostón y sobre todo muchas gracia por la ayuda que puedan prestarme al decirme que hacer o donde reclamar (por que aquí los funcionarios de la Seguridad Social tienen muy poquitas ganas de ayudar).

1 respuesta

Respuesta
1
De no ser que haya habido una confusión en la seguridad social, si en la seguridad social te han entregado la vida laboral de tu marido y en la misma figuran varios meses sin cotizar es porque el ayuntamiento no han cotizado, durante esos meses, y que no te digan que esos meses no cotizados no tienen importancia porque a esos meses vacíos de cotización (lagunas de cotización) se les rellana con las bases de cotización mínimas existentes en cada momento es decir las correspondientes al SMI del mes en el que se encuentren sin cotizar con lo que la cuantía de la base reguladora se resiente porque por ejemplo, no es lo mismo sacar u obtener una parte de la base reguladora de el SMI que obtener la base reguladora de 1500 0 1600 euros, porque las bases de cotización que se tienen en cuenta para la obtención de la base reguladora son las que correspondan al periodo de calculo de las pensiones y no se pueden correr hacia atrás.. Mira tu marido para jubilarse a los 65 años en el año 2016 con el requisito de la carrera laboral completa no tiene que tener 40 años cotizados a la s.social ese requisito es para cuando rermine el periodo transitorio, sino que el paso transitorio de los 35 años cotizados a los 38,5 que se exigen para poder jubilarse a los 65 años con la pensión completa, es de 3 meses por año a partir de la entrada en vigor de la ley de la reforma de las pensiones el 1 de enero del 2013 hasta el año 2027 que es cuando finaliza el periodo transitorio, y todo el mundo se tiene que jubilar o bien a los 65 años con 38,5 años cotizados o a los 37años con menos de 38,5 y a partir del 1 del 1 del 2013 el periodo de computo ira aumentando a razón de 12 meses por año hasta el 2022 donde el periodo de computo de las pensiones habrá totalizado los 10 años de más que se exige para el calculo de la base reguladora.. Así que yo creo que te lo e puesto muy sencillo para que puedas hacer los cálculos de la jubilación de tu marido.. si no me necesitas más por favor no se te olvide finalizar la pregunta

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas