¿Cómo regularizar mi situación de autónomo con la seguridad social?

Tenemos una empresa con algunos socios creada en julio de 2012. Soy el accionista mayoritario y he sido el administrador único de la empresa hasta el 31/09/2013.
La empresa no ha facturado nada hasta la fecha. Lo que se ha hecho ha sido pagar proveedores para crear una pagina Web.

Pero acabo de darme cuenta que la empresa esta dada de alta en actividad. Y acabo de darme cuenta que yo hubiera tenido que estar dado de alta como autónomo.

Hasta la fecha trabajaba por cuenta ajena y era únicamente accionista de esta empresa. Pero me acaban de despedir de la empresa en la cual trabajaba por cuenta ajena.

Me gustaría saber lo que tengo que hacer para regularizar mi situación con seguridad social. Entiendo que tengo que pagar las cuotas de autónomo que nunca he pagado y como tengo que hacerlo para pagar la cuota desde que la empresa ha sido dada de alta en actividad hasta mi renuncia al puesto de administrador.
¿No se si hace falta darme de alta como autónomo para este periodo?

No se si tengo que hacer mas cosas para regularizar mi situación durante este tiempo.

Y luego, visto que me han despedido de la empresa por la cual trabajaba por cuenta ajena, ¿puedo pretender al paro?

1 Respuesta

Respuesta
1

¿En primer lugar me puedes indicar tu edad?

Hola,

Tengo 39 años.

Saludos,

Lo de la edad era por si podías beneficiarte de una opción que hay de cobrar el paro y darse de alta de autónomo al mismo tiempo, pero eso sólo es para menores de 30 años, por lo que no te puedes aprovechar.

Por otra parte las bonificaciones que hoy hay para altas de nuevos autónomos (que están muy bien y son muchas) no son aplicables a autónomos que sean autónomos por el hecho de ser socio de una sociedad), es decir que te quedas fuera de la tarifa plana de 50 €, por trabajar a través de una sociedad, si tu actividad la desarrollaras como autónomos independiente de una sociedad en efecto podrías beneficiarte de la bonificación

Una cosa que puedes probar y que yo creo que te colaría, (suele colar aunque no pongo la mano en le fuego) es dar de baja la sociedad en IAE y luego volver a darla de alta en IAE el mismo mes que te des de alta de autónomo, pues la Seguridad Sólo suele cruzar los datos del última alta. Quizá te funcione.

Si no darte de alta con efecto retroactivo en el RETA y pagar los recargos, sanciones y cuotas atrasadas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas