Pasar del RETA a la Mutualidad de la Abogacía

Soy licenciado en Derecho desde el pasado mes de septiembre y, en octubre comencé a prestar mi ayuda a un despacho, para lo que me dí de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con vistas a que surgiera algún otro trabajo más. Todo esto sin estar colegiado pues no iba a asistir a juicios.
Me colegié en el mes de enero, pero en mayo perdí a éste, mi único cliente, por lo que tuve que darme de baja en el RETA.
Ahora, poco más de un mes después me ha surgido la posibilidad de seguir trabajando por cuenta propia, y mi intención era darme de alta en la Mutualidad de la Abogacía en lugar de en el RETA.
Sé que una vez has estado en el RETA, este cambio ya no es posible, pero lo cierto es que, en el momento en el que me dí de alta en el RETA yo no podía optar a la Mutualidad de la Abogacía puesto que no estaba colegiado. Por ello, mi pregunta es:
En mi situación excepcional ¿es posible darme de alta en la Mutualidad de la Abogacía en lugar de en el RETA?
Muchas gracias de antemano.
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Perdona que no pueda darte ninguna respuesta, pues, tu tema es competencia de la Tesorería general de la seguridad social .
Mi especialidad son los temas del INSS.-

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