Concepto salarial sin retención Seg. Social

En mi empresa queremos repartir una serie de incentivos semestrales y queremos que aparezca en la nomina como un concepto que no tenga retención en la seguridad social ¿Sabes decirme en qué concepto podemos incluirlo?

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Los conceptos no cotizables más frecuentes son:
Plus transporte
Gratificación Vestuario
Dietas.
Quebranto de Moneda,
Pero siempre que la cuantía de cada uno de ellos no supere el 20% del Salario Mínimo Interprofesiona, lo que supone (para no arriesgaros) unos 85 euros por concepto. A partir de ahí si cotizarían. Por ejemplo si ponéis un plus transporte de 100 euros, este no cotiza a seguridad social hasta la cuantía de 85 euros, pero si ahí que cotizar por los restantes 15 euros.

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