Cotización incentivos

En mi empresa damos incentivos fuera de nómina tan solo reteniendo IRPF. Lo hacemos puntualmente y a final de año. Según legislación esos importes deben cotizar, pero la pregunta es ¿qué probabilidad existe de que nos lo puedan exigir? ¿Qué conllevaría?

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Todos los conceptos salariales que van relacionados con la jornada normal de trabajo se han de cotizar. Si no se cotizan, se puede incurrir en fraude a la seguridad social.
Para no cotizarse deberían ser suplidos, como plus transporte, dietas, etc.
Se corre el riesgo que cualquier trabajador/a lo denuncie ya que sale prejudicado/a por no cotizar, y por lo tanto supondría cobrar menos en una presatacion social como paro, baja, invalidez o jubilación.
De acuerdo, se debe cotizar, pero mi pregunta es ¿qué conlleva el no hacerlo? ¿Un recargo? ¿Una sanción? ¿Intereses de demora? Estamos valorando el riesgo y debemos conocer a lo que nos esponemos.
Muchísimas gracias 1º por la respuesta y 2º por la rapidez.
Un saludo.
Hubiera sido "excelente" si me hubiera precisado más las consecuencias de la falta de cotización para la empresa. De todos modos muchísimas gracias.

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