IRPF aumentado por incentivos ¿Es correcto?

Yo tengo una nómina de 200.000 Ptas. Netas y me descuentan un 10% de IRPF. Una vez al año me dan un incentivo en mi empresa de 400.000 Ptas. Que se mete en la nómina de marzo.
El Dpto. Que se encarga de realizar las nóminas me dice que evidentemente, la nómina de marzo tiene una subida considerable del IRPF (en lugar de un 10% será de un 18%, por poner un ejemplo), lo cual es del todo comprensible. Pero el problema es que ellos dicen que el resto de las nóminas del año también tienen que llevar el 18% de descuento IRPF.
Yo quisiera que sólo la nómina de marzo llevase el 18% y el resto de nóminas de 2003 hasta diciembre, siguiese llevando el 10% que me correspondía hasta el momento. Ya me encargaré yo luego, cuando tenga que hacer la declaración de la renta de 2003, de liquidar mi deuda con el Estado.
¿Es ésto posible?
¿Si no es posible, ves alguna otra solución para que no se me descuente tanto IRPF el resto del año?

2 respuestas

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Con la nueva reforma del IRPF las retenciones que la empresa practica a los trabajadores son obligatorias, es decir, que si no las hace tal y como Hacienda estipula, serán responsables de las cantidades que debían haberte retenido y no han hecho. Por ello, la empresa siempre te va a retener lo que el programa que la Agencia Tributaria facilita indique.
La retención que se practica en cada nómina se calcula el mes de enero y se hace en base a todos los ingresos que se preveen que el trabajador va a percibir, lo que ocurre es que al cobrar tú ese incentivo en el mes de marzo, suben los ingresos y por consiguiente la cantidad a retener, y para colmo como los meses anteriores te ha descontado menos de lo que te correspondería te descuentan más aún para compensar esa diferencia. Este nuevo sistema tiene la ventaja de que, salvo excepciones, casi nadie tiene que pagar en el momento de hacer la declaración de la renta, lo que para el gobierno tiene una alta rentabilidad electoral, ya que da la impresión de que "se paga menos que antes", aunque realmente se ha ido pagando poco a poco cada mes.
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El porcentaje de retención que te ha de retener tu empresa se calcula en función de las retribuciones previsibles para ese año y de tu situación personal y familiar, por lo que, en principio, si todos los años te incluyen el mismo incentivo, debería ser tenido en cuenta dicho importe a principios de año y de esa manera el porcentaje aplicable sería uniforme.
Si por el contrario el incentivo fuese variable cada año, pudiendo llegar a no percibirse según las circunstancias, entonces la empresa no lo tendría en cuenta y en el momento del pago efectuaría una regularización del porcentaje inicialmente obtenido.
En cualquier caso has de pensar que normalmente el tipo que se obtenga de estas dos variables hará que tu declaración sobre la renta sea lo más ajustada posible, y que en última instancia es una "retención a cuenta" del futuro impuesto, por lo que si la retención es mayor a la que te pudiera corresponder siempre tendrías derecho a devolución y, en caso contrario, te saldría a pagar.
Por último decirte que el trabajador puede solicitar que se le aplique un porcentaje mayor al obtenido, pero nunca inferior.

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