Me gustaría saber que tipo de retención de IRPF se aplica a nomina de peón del convenio metal

Mi marido tiene una nomina con categoría peón grupo cotización 10 del metal desde el 25 enero 2012 ha estado con contratos temporales reteniendole un 2% de IRPF durante todo un año cosa que ya me parece extraña.

A partir del 25 enero de 2013 ha pasado a fijo y no le retienen nada o sea un 0% de IRPF, la asesoría de la empresa dice que por sus circunstancias personales es así, tenemos dos hijos y yo no trabajo pero no entiendo que tiene que ver. Yo siempre tuve entendido que siempre tienen que retener y ya un 2% me parecía poco para ser durante todo el año.

No se si en la declaración de la renta tendremos algún problema y me preocupa.

Me gustaría que me aclarasen si la retención del año pasado esta bien o que repercusiones podría tener y la no retención de este año también.

Es una empresa pequeña y el jefe dice que es lo que le dicen en la asesoría, que el no entiende pero no estamos tranquilos. Quisiera aclaración de estos temas para poder debatir los con el asesor.

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La retención siempre depende del tipo de contrato y del salario de cada trabajador.

En los contratos temporales inferiores a 1 año lo normal es que la retención ascienda a un 2%, pudiendo ser mayor si el trabajador lo solicita.

Cuando existen contratos de más de un año de duración la retención se calcula en función del salario y el programa de nóminas que usan los asesores suele establecer el porcentaje.

No he visto en mi vida que no se retengan cantidades, salvo en las prestaciones por desempleo que no llevan retención, siendo una obligación de la empresa el hacerlas.

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