Convenio laboral

Buenas, con el siguiente articulo del convenio quisiera saber si me pertenece la turnicidad o no.
El plus de turnicidad se percibirá por el personal que desarrolle su actividad laboral en 3 turnos/horarios rotativos de entre los 4 habituales (mañana, tarde, noche, fin de semana).
También se percibirá este plus cuando se desarrolen unos turno/horarios rotativos irregulares, con horarios diferentes según los turnos y días, que el descanso semanal sea irregular, en días diferentes.
Mi turno seria:
Turno 1: lunes, martes, miércoles de tarde + sábado
Turno 2: jueves, viernes de mañana + domingo
Turno 3: lunes, martes, miércoles, jueves mañana + viernes tarde
¿Tendría derecho a turnicidad?

2 Respuestas

Respuesta
1
Si, ya que de los 4 turnos habituales haces 3: mañana, tarde y fin de semana...
Y deduzco que tus días de descanso son irregulares ya que hay veces que trabajas sábados o domingos...
Respuesta
1
Obviamente si, esta muy claro. Rotas y tienes jornadas diferentes a de lunes a viernes.

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