Contrato temporal

Hola, Me han realizado un contrato por circunstancias de la producción de 2 meses (código 402), Al finalizar el mismo, ¿qué tipo de finiquito me tienen que hacer? ¿Tengo derecho a la parte proporcional de pagas extras y vacaciones?. ¿Debe la empresa cotizar la prorrata de pagas extras?

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Sí, te liquidarán el salario que tengas pendiente hasta el día de fin de contrato, y la proporción de paga extra y vacaciones devengadas no disfrutadas (la cotización de la paga y de las vacaciones te la hacen en dicha liquidación). También te corresponderá una indemnización equivalente a 8 días por año trabajado.

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