Embargo nomina

Hola, espero que me puedas ayudar. Tengo actualmente la nómina embargada y hay muchas posibilidades de que me despidan. Si así fuera, ¿me pueden embargar la indemnización por despido totalmente?
Gracias
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Totalmente nunca, se embargará, sí, pero en la proporción que se te está embargando la nómina actualmente conforme a la escala que marca la ley:
* Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30%.
* Para la cuantía adicional que suponga el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50%.
* Para la cuantía adicional que suponga el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60%.
* Para la cuantía adicional que suponga el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75%.
* Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90%.
Es decir, los primeros 633,30 (SMI) los cobrarías íntegros, de la cantidad que va desde 633.31 hasta 1266.6 te descuentan en 30% (¿189.99?) Y así según la escala que te he puesto.

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