Salario 25 horas siderometalurgia

Soy un trabajador de gran canaria, que llevo un mes trabajando como técnico de reparaciones de electrodomésticos 25 horas a la semana. Mi convenio se rige por el de la siderometalurgia. ¿Acabo de recibir mi primer sueldo y me han pagado 365,40? Y me gustaría saber si esto es lo que he de cobrar dadas las horas según convenio, dado que me parece una cantidad demasiado pequeña por las horas trabajadas.

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Intuitivamente también lo veo bajo. Lo primero que habría que comprobar es que corresponde a un mes completo: quizás no empezaras a trabajar un día 1.
Además del día del alta, me faltaría saber algunos datos para calcular el salario correcto:
- Categoría profesional que consta en la nómina o en el contrato, ya que "técnico de reparaciones" no está en el convenio.
- IRPF aplicado (mirar en la nómina).
- Nº de pagas anuales, ya que según el artículo 11 del convenio pueden ser 11, 12 ó 15: se puede deducir a partir de la prorrata que consta en la nómina.
Te pongo un enlace al convenio y a la última revisión salarial (no son las actuales, son las que corresponde al periodo abril de 2008 a marzo del 2009):
http://unicornio.freens.org/profpcm-aux/ley/ConveniosColectivos/CCMetalPalmasGCanaria.pdf
http://convenios.juridicas.com/convenios/siderometalurgia-rs-2008-2009-las-palmas.html
Muchas gracias por tu respuesta, te envío los datos que me pediste para saber si puedes aclarármelo mejor si es lo correspondiente a mi nomina, dado que a mi también me parece baja.
Categoría profesional: OFICIAL DE 2ª
Retencion I.R.P.F. : 2%
Las pagas extras están prorrateadas a lo largo del año, por lo cual serian 12
Fui dado de alta el día 27 de Octubre en la seguridad social, pero la semana del mes anterior fue pagada a día 30, ¿por lo cual los 365,40? Pagados este mes son los correspondientes al mes completo del 1 al 30 de noviembre
Si necesitas alguna aclaración más no dudes en pedírmela.
Muchas gracias de antemano por tu respuesta
El salario anual a tpo. Completo para un oficial de 2ª es de 13.864,58.
El salario anual para una jornada de 25 horas semanales sería de 13.864,58/40*25=8.665,36 euros brutos anuales.
En mi primera respuesta dije que el nº de pagas anuales podía ser 11, 12 ó 15, cuando debí decir 12, 14 ó 15. Si hay 12 pagas, la prorrata de pagas extras que figura en la nómina debería ser 0. Confirma este dato, porque aunque hayan 14 pagas, quizás figure prorrateada la 15ª paga.
Para un salario distribuido en 12 pagas:
Total bruto = 8.665,36:12=722,11 euros mensuales.
Ret.SS = 722,11 * 6,4% =  -46,22 (puede variar muy ligeramente según el tipo de contrato).
IRPF =    722,11 * 2%    =  -14,44
Total neto =                       661,45
Eso sin contar con la prima diaria de 3,70 euros brutos, a cobrar si no tienes faltas de asistencia o puntualidad. Entiendo que esta prima no se debería reducir en proporción a la jornada, aunque eso es discutible. El convenio tampoco aclara si esa prima se cobra en función de los días laborables o naturales del mes, yo me decantaría por la primera opción.
Muchísimas gracias por la información. Mañana hablare con mi jefe con lo que me has informado. Has sido de gran ayuda.
Muchas gracias de nuevo!

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