Vivienda habitual alquilada

Tengo un problemilla con Hacienda por la Deducción por Alquiler de Vivienda Habitual. El caso es que, al hacer la declaración del ejercicio 2009 declaré los gastos por el alquiler de la que fue mi vivienda en ese año. Conste que no estoy obligada a declarar pero al existir tales deducciones lo hago... Los alquileres son muy caros, y más en Madrid.
El caso es que en 2009 yo seguía empadronada en mi ciudad natal y a primeros de 2010 me empadroné en la nueva vivienda a la que me fui, también de alquiler y, al hacer la declaración, veo que me aplican la deducción autonómica de la CAM aparte de la estatal, lo cual me llena de alegría ya que es el doble de lo que pagaron el año anterior.
Pero en diciembre, sin haberme pagado aun, me llega un requerimiento en el me piden una serie de documentos (contrato de alquiler, pagos efectuados, justificante de vivienda habitual, justificante del deposito de la fianza en el IVIMA). Lo de la fianza no lo pude entregar ya que el propietario no hizo tal deposito, pero me consta que declara el arrendamiento de la vivienda. Y en cuanto al justificante de vivienda habitual, me piden certificado de empadronamiento o documento que estime conveniente para tal justificación. Llamé a la Administración que me corresponde para que me dieran alguna alternativa y me dijeron que si el propietario me hacía una declaración firmada me podía valer. Presente Contrato, pagos, la declaración del arrendador, y añadí reconocimiento del derecho a percibir la RBE, el aval que tuvimos que pedir también. Pues me acaban de hacer una liquidación provisional en la que no solo no me aplican la deducción sino que me hacen pagar 300 euros... Por no haber justificado que la vivienda objeto de la deducción fue mi vivienda habitual en 2009
¿Cómo puedo justificarlo si no estuve empadronada y las facturas se las pagaba al propietario cada dos meses por transferencia?
Me he presentado esta mañana allí antes de presentar las alegaciones y, básicamente, me han dado a entender que sin el empadronamiento no tengo nada que hacer, pero no he visto, en ninguna de las normativas aplicadas en mi expediente, nada que haga referencia a la obligatoriedad de presentar ese certificado...
Respuesta
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Bien tu caso es muy habitual, lo normal es que el domicilio habitual se demuestre mediante el correspondiente empadronamiento, pero no tiene por que se así, muchos ciudadanos no realizan cambio de empadronamiento por múltiples motivos, ya sea por el colegio de lo hijos, por no cambiar de médico y de PAC, derecho de aparcamiento etc.
La normativa Fiscal no establece que documento es el que demuestra el domicilio habitual, pero lo cierto es que el empadronamiento no admite contradicción.
Cuando no hay empadronamiento la AEAT acepta cualquier documento que pueda mínimamente demostrar ese domicilio. Lo normal es presentar facturas de cía. eléctrica, de gas, agua y comunidad a nombre del sujeto pasivo, también el contrato de alquiler y demás contratos de suministros de dichos servicios.
Es potestad de la AEAT determinar si esos documentos son suficientes para aplicar las correspondientes deducciones, y en caso contrario deberá realizarse los recursos en vía administrativa necesario para hacer valer nuestro derecho, hasta llegar al TEAR (tribunal económico administrativo Regional) para que decida la controversia, todo este procedimiento no tiene costes, más que los propios del profesional que pueda llevar el asunto.
Por lo tanto presentar en las alegaciones:
Contrato de alquiler.
Facturas de consumos eléctricos, gas, comunidad etc. De todo el año 2009, con una declaración jurada del propietario del piso indicando que esos consumos corresponde a Vd. por el contrato de alquiler. Si tienes Tv digital o cualquier otro servicio de ese tipo, solicite factura o certificación de donde se presta el servicio.
Vd. Debe demostrar que vive en esa vivienda y que realiza consumos que determinan que lo es de forma habitual.
Hola de nuevo,
El problema es que, tal y como se estipulaba en el contrato, rescindido en enero de 2010, el importe de las facturas lo pagaba cada 60 días a través de transferencia al arrendador, aparte de la orden de transferencia de la mensualidad correspondiente. Por tanto, lo que puedo presentar son los cargos de esas transferencias pero no las facturas (que ya no tengo en mi poder). Tampoco tenia contratado servicio alguno de Internet ni de TV.
El propietrario redacto una declaración (me dijo que lo había hecho para otros inquilinos y que les había servido) en la que dejaba constancia de la fecha de firma del contrato y de la finalización del mismo, sujeto el mismo a la LAU. No se si servirá, pero he pensado presentar mi contrato de trabajo y he solicitado a mi empresa un certificado donde conste que mi centro de trabajo está en Madrid...
También en el contrato de arrendamiento, en una de las estipulaciones se refleja que"el uso de la vivienda es para constitutir mi residencia habitual y permanente sin que pueda darle un uso distinto..." El hecho de que esto quede estipulado en contrato no podría considerarse suficiente para ellos, ¿aparte del resto de documentación presentada?
Gracias de nuevo.
No hay ningún criterio por el cual yo le pueda indicar si será suficiente lo que presente, ello solo dependerá del funcionario que deba resolver su expediente.
Todo puede servir, incluso un certificado de la empresa en donde indique que su domicilio a efectos del contrato de trabajo es el de la vivienda.
Presente toda la documentación con el escrito de alegaciones, y a esperar la resolución administrativa, no cabe otra.
Suerte y Saludos.

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