Obligatoriedad Régimen Recargo de Equivalencia (IVA)
Mi pregunta ahora es relativa a la forma de liquidar el IVA. Si la empresa se dedica al comercio menor (por ejemplo librería), renuncia a módulos.., ¿puede elegir estar en liquidación de IVA en régimen general?, ¿O tiene que estar obligatoriamente en Recargo de Equivalencia? No termino de entender si el rec. Equiv. Es obligatorio para determinadas actividades de comercio menor.
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Respuesta de tolomoll
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