Urgente: plus de asistencia

Desearía saber cómo se abona el plus de distancia en una nómina de un contrato en tiempo parcial.
No se si calcula en fusión del porcentaje de jornada de trabajo realizada, respecto a un trabajador a jornada completa o si por el contrario se abona íntegramente independientemente del porcentaje de jornada que se realice.
La jornada realizada es de 22,5 horas semanales (realizadas de lunes a viernes de 9 a 13:30 horas) y la jornada completa son 40 horas semanales.
El convenio colectivo de aplicación es el de Industrias Siderometalúrgicas de A Coruña, BOP 13/09/2007. Tablas salariales 2008 BOP 25/02/2008.

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La respuesta la tienes que tener en el convenio colectivo, ya que este regularizará estas circunstancias, siento no poder consultarlo porque ahora mismo no dispongo de tiempo y he respondido la pregunta lo antes posible debido a la urgencia con la que la planteabas.
Si el convenio no dijera nada el plus de distancia se debería abonar completo, ya que le cuesta lo mismo ir a trabajar a una persona que trabaje 4 horas que a una persona que trabaje 8 horas al día.
Por error en el texto de la pregunta he puesto plus de distancia y lo que quería poner era PLUS DE ASISTENCIA. Le indico que el convenio no establece nada a este respecto.
El Art. 54 del citado convenio dice respecto al PLUS DE ASISTENCIA, que éste se establece para todas las categorías de 3,62 euros por día efectivo de trabajo.
Muchas gracias
Si no dice nada más el convenio deberías cobrarlo íntegro.
¿Y qué puedo alegar para reclarmarle el importe íntegro a la empresa?
En primer lugar pedírselo, si se niegan indicar lo que anteriormente hemos hablado: que se trata de un concepto compensatorio, y que le cuesta lo mismo desplazarse a un trabajador a jornada completa que a uno a tiempo parcial, y si se vuelven a negar, el siguiente paso es ir a juicio y que el juez quite o de la razón a uno de los dos.

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