Despido: forma e indemnización

Me van a despedir. Lo sienten mucho y prometen pagarme lo máximo (45 dias/año trabajado). En la carta, de fecha 15 de marzo, me ponen fecha de despido 31 de marzo. Motivo: causas objetivas (necesidad de amortización de puestos de trabajo, art.52-c del E.T.). ¿Debo realizar denuncia para poder cobrar lo que me han dicho? (Si no me tocarían 20 dias/año trabajado). No se donde encararme. Otro tema es el calculo de la indemnización: mi salario bruto es de 156065 ptas. Por 14 pagas. ¿Se podría calcular fácilmente?. ¿Qué tramites hago en cuanto al despido? ¿Qué plazos tengo?. Os ruego me contestéis por la prisa de los acontecimientos.

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Lo primero que tienes que hacer, en 20 días hábiles tras el despido es poner papeleta de conciliación por despido en el SMAC (habla con un abogado o sindicato para que te la tramite.
Lo segundo es que en la conciliación lleguéis a un acuerdo por el cual la empresa reconoce el despido como improcedente y te paga 45 días de salario por año de servicio. Así puedes pedir el paro, con esa papeleta, si no demandas no te dan el paro.
La indemnización se calcula así:
(156065 * 14): 360 y lo que te de lo multiplicas por 45. Esa es la cantidad que cobras por cada año que hayas trabajado en la empresa o parte proporcional.
Un saludo y si tienes más dudas, consulta

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