Cerca ya de dos meses sin cobrar

Quería comentar mi caso. Llevo tres años en una empresa, dos como indefinido y actualmente llevamos dos meses en los que la empresa no nos paga las remuneraciones.
Comentar también que el empresario no nos paga ni noches ni festivos y las pagas extras las tenemos prorrateadas. Hace un mes despidió a un compañero que llevaba 12 años trabajando y le ha indemnizado con 20 días por año pero la empresa sigue funcionando y este empresario no ha comunicado ni suspensión de pagos ni quiebra y como decía anteriormente los trabajadores seguimos trabajando mes a mes.
¿Qué clase de indemnización me correspondería?
Me puede quedar paro si me voy voluntariamente ya que no nos esta pagando las mensualidades..
¿Cuánto tiempo puede estar sin pagar el empresario?
Si denuncio y pierdo ¿tendría qué hacer frente a las cotas del juicio y abogados?
Llevo afiliado 5 años a un sindicato pero no se que derechos me corresponden.

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1.- En caso de que el despido sea objetivo (notivos económicos, técnicos o productivos) la indemnización seria de 20 días de salario por año trabajado pero tu puedes interponer una papeleta de conciliación por despido improcedente en un plazo de 20 días desde la fecha del despido ante el SMAC (Servicio de MEdiacion Arbitraje y Conciliación) para conseguir una indemnización de 45 días. Ten en cuenta que para el empresario es muy difícil demostrar un despido objetivo.
2.- Por baja voluntaria no tienes derecho a paro, pero puedes acudir a la Inspección de trabajo e interponer una demanda de reclamación de cantidad por los salarios dejados de cobrar y solicitar la resolución de tu contrato por este tema, en cuyo caso si tendrías derecho a paro. Pero ionformate de todo esto en la Inspección de trabajo
3.- Lo que ellos quieran, seréis vosotros los que tengáis que reclamar pero ten en cuenta que las deudas salariales prescriben a los 12 meses por lo que si no reclamáis antes de ese tiempo todo lo que os deban después de un año lo perderíais
4.- No, porque no se encesita ir a juicio para denunciar esto.
5.- Si tu empresa tiene constancia de que estas afiliado, es decir si pagas la cuota de afiliado con tu nomina (te descuentan un dinero por ello) la Empresa ha de inciar contigo un procedeimiento más largo porque tiene que hacer un expediente.
Muchas gracias por tu información ya que me ha sido de gran ayuda por que la verdad estoy un poco perdido y no se por donde empezar pero tu ya me has guiado bastante para empezar a moverme.
Gracias de nuevo y un saludo.

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