¿Cómo traspasar una deuda a otra persona?

Resulta que el año pasado le ayudé a mi hermano a sacar un préstamo de 10'000.000 de pesos (estamos ubicados en Colombia) para que el montara su negocio, ya que por no tener trabajo y otras circunstancias, no podía realizar el préstamo directamente. El préstamo se sacó a 6 años, no se ha cumplido ni un año y mi hermano ya me debe 5 cuotas, y a mí el dinero de cada cuota, el banco me lo descuenta directamente del sueldo cada quince días y cada vez que le cobro, me dice que no tiene dinero ni para comer, que le negocio no le está produciendo, pero lo que me he dado cuenta es que no sabe administrar bien su dinero y lo desperdicia en otras cosas.

Yo la verdad no sé qué hacer, estoy desesperada porque quedan más de 5 años de deuda y no quiero seguir pagando de mi dinero algo de lo que no recibo ni las gracias. Me gustaría saber si hay algo legal que le obligue a pagarme el dinero o alguna forma para traspasarle la deuda a él y poderme librar de seguir pagando por tanto tiempo algo que no me corresponde.

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Lamentablemente si el crédito esta al nombre de los dos el banco buscara a alguno de los dos que lo pague, si no es el seras tu.

Si el solo pidió el crédito y te lo descuentan a ti puedes cancelar el pago directamente en el banco, pero como veo fue al nombre de los dos o el avala eres tu, seras la responsable.

Una forma puede ser que te acerques al banco y expliques tu caso, puede que te de la opción de pagar una parte del crédito puede ser el 50% y solo quedar a nombre de el, pero eso ya tienes que hablarlo con el banco.

Aunque si ven que el no podrá pagar lo dudo mucho que acepten solo un 50% de momento si ven que va haber riesgo de mora.

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Gracias. El problema es que el crédito está sólo a nombre mío, el nombre de mi hermano no aparece por ningún lado. En ese caso, qué podría hacer? una persona me dijo que le intentara hacer firmar unas "letras de pago" pero no sé qué tanta validez tengan esos documentos y qué tan factible sería obligarlo legalmente a que me pague haciéndoselas firmar.

De nuevo agradezco cualquier ayuda que me pueda ser brindad.

Si pediste el crédito tu eres la única responsable de pagarlo ante el banco y esto no lo va a cambiar nada.

Lo que puede es hacer responsable de la deuda a tu hermano, diciendo que el pagara la deuda que queda pero si no tiene el nada como me dices y no puede pagar el banco no lo va a aceptar.

Si quieres una letra de pago el tendrá que pagarte a ti la letra "el dinero" tendrías una forma de denunciarlo si no te paga a ti y no al banco.

¿La letra de pago o pagares tendría el que firmarte a ti y tendría que pagarte pero si no lo hace al banco ni a ti en que va a cambiar? Si quiere ir por la vía jurídica debes intentar que el acepte y firme estas letras de pago.

Una última aclaración: es decir que si el me firma los pagarés legalmente estaría obligado a pagarme? y en caso de que no lo hiciera, le podrían embargar las cosas de su negocio, por ejemplo, para que me pagara? o que acción legal existe si una persona no paga un pagaré?

Muchísimas gracias nuevamente, es usted un ángel.

Ahora mismo no se como son las leyes de Colombia, pero si tiene algo para demonstrar que te deben dinero y que el firmo un pagare y no lo ha pagado, tienes el derecho de cobrarlo.

Lo que no entiendo que el valla a firmar esos pagares porque si no quiere pagar porque lo hará ahora.

En cambio te aconsejaría que buscara una forma de gestionar directamente el negocio ya que si no paga el, tienes el derecho de gestionarlo y cambiar las reglas o en el peor de los casos venderlo y recuperar alguna parte de la deuda.

Si paga una parte de la deuda los intereses bajarían y tendrías que pagar por menos tiempo lo que no se que dinero sacaría al vender lo que has comprado.

Por ultimo deben haber abogados gratuitos para pequeñas consultas, ya sea que están empezando o están en practicas, deberías preguntarles mejor como son las leyes en ese caso en Colombia.

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Mucha suerte y habla con tu hermano, intenta poner orden en su negocio, si no puedes intenta que firme un pagare, y si no lo hace le dices que tiene que pagarte o con los pagares tienes derecho a sus pertenencias como parte de pago.

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La cuestión es que no conozco la ley colombiana. Conozco la ley española pero no su aplicación en la ley de su país, lamento no poder ayudarle.

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Si, en Colombia los títulos valores cuentan como titulo ejecutivo es decir a través de éste puedes hacer exigible la obligación de pago de determinada suma de dinero, la cuestión es que quien debe otorgar el pagaré seria él (tu hermano) comprometiéndose al pago de una suma de dinero en determinado tiempo, una vez se cumpla el plazo para el pago y éste no se realice se puede iniciar un proceso ejecutivo con el solo titulo valor en este caso el (pagaré) y como medida cautelar solicitar el embargo y secuestro del negocio de tu hermano para asegurar el cumplimento del pago.

Es la única solución que veo a tu situación

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