Deuda

Quisiera saber si una deuda a un banco
Prescribe, y si es así cuantos años tiene que pasar, muchas gracias.
Y si no es mucho pedir rogaría me dijeran, si la deuda de impuesto de circulación de vehículo, prescribe si o
No. En barcelona

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Las acciones personales (del banco contar ti) prescriben a los 15 años, según art. 1.964 del Código Civil.
Respecto las deudas administrativas, en 5 años, salvo que haya sido dictada providencia de apremio o de embargo. Es decir, para que haya prescripción, el Ayto. Deberá de estar 5 años sin iniciar ningún expediente ni ningún trámite. Si inicia apremio se interrumpe la prescripción.
Personalmente, no creo que ni el banco, alguna posibilidad hay con el Ayto. Se olviden de tus deudas.

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