Reclamar cedula mal concedida

Hola,
Voy a comprar un piso, el cual necesita rehabilitación total por ser antiguo y estar todo de origen. Tiene todos los suministros dados de alta, pero no se puede usar el agua porque hay una tubería rota que provoca goteras al vecino de abajo.
El vendedor nos dice que nos vende el piso sin arreglar dicha tubería, pero se compromete a facilitarnos la cédula de habitabilidad (de hecho este punto constará en el contrato de compraventa). He leído que para conceder la cédula, la instalación del agua debe estar en buen estado.
1) Con una tubería rota, ¿condecerían la cédula? ¿O le obligarían al vendedor a arreglarla?
2) Casualmente el vendedor es arquitecto. ¿Puede concederse a si mismo la cédula de habitabilidad?
3) He leído que la cédula no es obligatoria si el piso que se vende es para derruir o reformar, y que en ese caso basta con presentar un documento firmado por un arquitecto donde pone lo que se necesita corregir al piso para conseguir la cédula. Aunque el piso sea para reformar, ¿yo puedo exigir que se presente de todas maneras la cédula? ¿O es el vendedor quien decide?
4) En caso de que le concedan la cédula sin haber arreglado la tubería porque el arquitecto no se haya dado cuenta de que esta producía goteras al piso de abajo (cosa difícil de detectar), ¿luego podría reclamarse que esa cédula está mal concedida para que arreglen lo que falla? ¿Cómo?
Muchas gracias!

2 respuestas

Respuesta
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A ver, en primer lugar, indicar que la cedula no es un requisito obligatorio ni esencial de la compraventa. Sino que se trata de una autorización, por darle una definición, administrativa, que luego si resulta exigible para la contratación de suministros, tales como el agua. La compraventa es un contrato bilateral, luego una vez determinado objeto de la misma, precio y modo de pago, el resto queda a vuestra elección, en cuanto a requisitos extras.
El tema de la tubería, queda también a vuestra elección, si se arregla antes o después de la compra, aunque por lógica, entiendo, deberíais intentar que corriera con ello, el vendedor previo a la venta.
Asimismo la cedula de habitabilidad es municipal, de emisión por el Ayuntamiento, en modo alguno la puede emitir a titulo particular el vendedor.
En cuanto a la ultima pregunta, decirte que nada tiene que ver la existencia de la cedula con que luego reclames por la tubería, en todo caso reclamarías, si constara que el piso esta en perfectas condiciones, y a posteriori te aparece el problema.
Entiendo, con tantas dudas, deberías acudir a un abogado de tu confianza.
Respuesta
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1 y 2: La cédula la concede el ayuntamiento (no el arquitecto); si el técnico municipal que hace la inspección detecta que no puede haber suministro de agua no la concederá, así que al menos habría que reparar esa tubería; sin embargo si la instalación existe y tiene suministro puede obtenerse la cédula (aunque sea necesario hacer una reparación.
3: Al rehabilitar íntegramente la vivienda tendrá que solicitar una nueva cédula al final del proceso (para certificar que lo construido cumple las condiciones de habitabilidad) así que realmente no importa demasiado. Por otra parte si la cédula está mal concedida es un tema del ayuntamiento, no del vendedor.

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