Cedula de habitabilidad y no tengo luz

Hace 3 años adquirimos una vivienda en un pueblo de Valencia, al ir a Notaria me entregaron la cedula de habitabilidad y el boletín del agua, pero no así el de la luz.
El constructor nos dijo que faltaba el soterramiento de una linea y cambiar el transformador existente para poder entregarnos el boletín. De momento podíamos vivir allí con la luz de obra a cargo de el. Pasado un año le cortaron la luz de obra y el constructor nos puso un generador eléctrico y el cubría los gastos de todo. Ha llegado hasta el 21 de diciembre de 2009 (si tres años después de la entrega) y ha dicho basta que no pone más gasoil y que si queremos que lo denunciemos pero el no puede más.
Le ha costado Dios y ayuda conseguir los permisos de diputación e Iberdrola para el soterramiento de la linea que pasa por encima de las casas(tiene cojones la cosa, la luz tan cerca y nosotros sin ella) y ayer empezó a abrir la calle para dicho soterramiento pero nos cuenta que solo tiene dinero para acabar la obra pero no para mantener mientras el generador.
Después de tanta historia desconocemos realmente el tiempo que se tardara en poder tener la luz en casa.
¿Qué podemos hacer los vecinos?
¿Qué responsabilidad tiene el ayuntamiento?
El ayuntamiento dice que la cedula la concedió la anterior corporación
¿Hay algún modo de acelerar las cosas?

2 Respuestas

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Vuestro caso por desgracia es bastante común, muchas veces los ayuntamientos entregan las cédulas sin tener los servicios operativos y por buena fe pensando es que es algo que se va a solucionar con celeridad al final se termina eternizando.
La verdad es que como se dice vulgarmente os podéis dar con un canto en los dientes porque el constructor os haya costeado tanto el generador como el gasoil, lo digo porque hay gente que se quita de en medio y les deja el problema a los vecinos.
En vuestro caso y ententiendo que tanto el Ayuntamiento como el constructor no se hacen cargo, yo por solucionar el problema, costearía entre los vecinos el gasoil, esperaría a que tuvierais servicio y después reclamaría tanto al constructor como al Ayuntamiento (o mejor dicho a los técnicos del Ayuntamiento, por escrito y hablando con los concejales actuales, da igual que haya cambiado la corporación, la responsabilidad de haber entregado esa cédula es del ente municipal, independientemente del grupo político que ostente las responsabilidades de gobierno).
Está claro que las obras de urbanización corren a cargo del promotor (no sé si también constructor a la sazón), pero en estos tiempos de crisis ya se sabe que estas personas si lo hacen a través de alguna empresa se puede declarar insolvente y las obras se quedarían sin hacer). Por lo tanto el responsable subsidiario sería el Ayuntamiento ya que concedió una cédula irregular, ya que tendría que haber estado realizadas las obras de acometidas, soterramientos, etc.
Lamentablemente para acerlerar las cosas tiene uno que poner el dinero por delante, ya que como os pongáis a pleitear os pueden pasar varios años y encima si esta empresa se disuelve no tendréis a nadie a quien reclamar, además de pedir la ayuda del Ayuntamiento (ya que han obrado mal y supongo que os estarán cobrando el IBI desde hace tp y demás tasas municipales, pero no os garantizan un servicio) y de Cía suministradora en que aceleren los trámites.
Saludos y espero que se arreglen vuestros problemas, Felices Fiestas!
¿El problema de asumir los gastos nosotros es que solo en gasoil sube 1800?/mes más 900? De alquiler de maquina por mes, una barbaridad para 6 familias que somos las que habitamos actualmente.
Estamos presionando al ayuntamiento para que se haga cargo ellos del gasto y tenemos una reunión el próximo martes para ver que solución nos pueden dar.De momento el grupo esta pagado hasta el día 31 y solo hay que poner el gasoil(60?/dia). El constructor/promotor de momento esta dando la cara y esta viendo si puede conseguir nuevamente luz de obra aunque sea costeandola nosotros pero seria mucho más barato que el grupo.
¿Nosotros cómo vecinos no tenemos posibilidad de conseguir luz provisional de alguna forma(legal eh)? La rabia es que tenemos el transformador en la misma calle
gracias por tu tiempo y Feliz Navidad!
Perdona por la tardanza, pero es que he estado de viaje.
Una buena solución temporal sería la de luz provisional de obra, me parece que puede ser la forma "legal" provisional.
De todas formas no estaría mal, (que no caí el otro día), es comprobar si la licencia de 1ª ocupación está condicionada o tiene alguna observación sobre la carencia de esa línea.
Otra cosa que podéis hacer es pedir en el ayuntamiento la ejecución del aval del constructor para que se ultime la obra (aunque esta medida perjudica al constructor)
Todo pasa por negociar a tres bandas tanto con el constructor, como con la compañía como con el ayuntamiento (sobre todo si se le ha pasado recoger en la licencia lo de la línea).
Gracias por tu ayuda.
Lo de la luz de obra el constructor lo he esta viendo a ver si la puede conseguir, pagándola nosotros y luego ya veremos para reclamar.
En la licencia de 1ª ocupación no hay ningún condicionante ni nada que nombre la ausencia de la linea.
Mañana tenemos una reunión a tres bandas para encontrar una solución pero no las tengo todas en que lleguemos a una solución provisional.
Si hay alguna novedad te volveré a preguntar.
Mil gracias
Respuesta
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El ayuntamiento no actúo correctamente al conceder la cedula de habitabilidad, pues entre la documentación necesaria que se ha de presentar está: Certificación de las Compañías y Entidades suministradoras acreditativa de haber abonado los derechos de las acometidas generales al edificio de los servicios de electricidad, agua y, en su caso, gas, y de que, en consecuencia, dichos servicios están en condiciones de ser contratados por los adquirentes o usuarios de las viviendas
A la vista de la documentación presentada el órgano administrativo territorial competente, previas las comprobaciones, inspecciones a la vivienda e informes que estime pertinentes, procederá a expedir el documento de Cédula de Habitabilidad
El órgano administrativo territorial competente para el otorgamiento de las Cédulas de Habitabilidad será el Servicio Territorial de Arquitectura y Vivienda correspondiente de la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes. Por delegación legislativa queda atribuida esta competencia a los Ayuntamientos, que, si lo consideran oportuno, podrán dar a la Cédula de Habitabilidad el carácter simultáneo de licencia de ocupación, refundiendo ambos documentos en uno solo que acreditará de un lado el cumplimiento de la normativa sobre habitabilidad de las viviendas y de otro el de la normativa urbanística.
Dada la delegación de competencias citada, los Ayuntamientos remitirán a los Servicios Territoriales de Arquitectura y Vivienda correspondientes una copia de cada Cédula de Habitabilidad expedida, mediante relación y envíos mensuales, y asimismo la documentación estadística establecida por la normativa vigente para los edificios de viviendas.
Para determinar que pueden hacer hay primero que concretar cual es la causa concreta de estos problemas, si esa zona era ya suelo urbano con todos los equipamientos necesarios (entre ellos suministro de luz)
En última instancia, se podrá repercutir contra el Ayuntamiento todos los gastos y molestias que se os ocasione por vía de responsabilidad patrimonial al haber concedido esa cédula sin cumplir los requisitos necesarios para ello

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