Procedimiento a seguir en juicio de faltas

He sido denunciado por insultos y amenazas, y la verdad que no tengo ni idea de como proceder. Necesito que un experto me asesore de como hacer, si buscarme abogado, testigos, etc.Ya testifique ante la guardia civil y ahora me ha llegado la citación del juzgado. En la citación me viene el nombre del denunciado pero no de testigos,¿eso quiere decir, que el denunciante no tiene testigos? .En caso de que el juez no considere probado los hechos, ¿quién pagaría las costas judiciales?.
    En caso de ser declarado culpable por dicha falta, ¿cuánto tiempo a de pasar para que la pueda canacelar y a que organismo me tengo que dirigir para cancelarla?
     Un saludo a todos los expertos que contribuyen a que nuestra calidad de vidad mejore cada día un poquito más.

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En un juicio de faltas, no es preceptiva la intervención de abogado ni procurador, y tienes dos opciones o buscar a uno y pagarle más de lo que te pueden imponer de multa, ¿o defenderte tu y como mucho te van a poner una multa de 150? Si considera el Juez que eres culpable y que ha quedado plenamente acreditado.
Si tienes testigos, los tienes que llevar tu voluntariamente al juicio. No hay costas judiciales, cada uno se paga lo suyo.
No se inscriben antecedentes por juicios de faltas y por tanto no hay que cancelarlos.
¿Pero qué quiere decir que cada uno se paga lo suyo? ¿Acaso hay un precio establecido en los juicios de faltas? ¿Pagaría aunque saliera absuelto? Porque supongo que habrán unas costas judiciales, ¿no? ¿Qué no se inscriben antecedentes por juicios de faltas quiere decir que no me figuraría nada en la base de datos de penados y rebeldes? ¿Crees qué la aportación de testigos me servirían de gran ayuda?
     Muchas gracias por tu respuesta experto, me sirvió de gran ayuda, ahora te agradecería que me aclararas estas pequeñas dudas que arriba redacto.
   Un saludo y gracias
Cada uno se paga si lleva abogado o si invita a un café a sus testigos. No hay costas. Si llevas abogado en tu defensa, te lo pagas tu ya que no hay costas judiciales en el juicio de faltas.
Si sales absuelto, no pagas ni multa ni nada, unicamente si has llevado abogado le debes pagar.
Si sales condenado, ¿pagarás unicamente la pena que te impongan en la sentencia 150? Conmo máximo, y tu abogado si lo llevas.
No quedan antecedentes
Muchísimas gracias por todo, ya me quedó todo bien claro, tus respuestas me resultaron de gran ayuda. Un saludo y seguro que volveré a recurrir a tu sabiduría.

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