Sobre la Ley antitabaco

¿La ley estatal antitabaco deroga las normativas autonómicas anteriores en esta materia?
Me refiero, concretamente, al Real Decreto 24/1999, art. 11, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Muchas gracias por su respuesta.
Respuesta
-1
La ley estatal es de rango superior, por lo que la ley autonómica debe respetar lo dictado por la ley estatal. Si en algo se contradice se debe adaptar.

4 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1
La oposición no debe entenderse solamente en sentido contrario al espíritu de la Ley, sino también por estipularse requisitos distintos a los acordados en la nueva Ley, por lo que al tratarse de RD contra Ley, y ésta última posterior. Entiendo que afecta al RD y en consecuencia derogado.
Cristina.
[email protected]
No termino de coincidir con usted.
Muchas gracias por tomarse la molestia de expresarme su interpretación. Un saludo.
No conozco el contenido del RD 24/99 de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
En cualquier caso, la ley 28/05 (antitabaco) en su disposición derogatoria única, establece que quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo estalecido en la referida Ley.
Por lo que tratándose de un RD, si el art. 11 se opone al contenido de la ley 28/05, debe entenderse derogado.
Respuesta
1
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas, además de cuantas disposiciones
de igual o inferior rango se opongan a lo establecido
en esta Ley, las siguientes:
a) El apartado 9 del artículo 4 de la Ley 13/1998,
de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos
y Normativa Tributaria.
b) El artículo 8.5 de la Ley 34/1988, de 11 de
noviembre, General de Publicidad, en lo referente a la
publicidad del tabaco.
c) El Real Decreto 709/1982, de 5 de marzo, por
el que se regula la publicidad y consumo del tabaco.
d) El Real Decreto 192/1988, de 4 de marzo, sobre
limitaciones en la venta y uso del tabaco para la protección
de la salud de la población, en la redacción dada
por el Real Decreto 1293/1999, de 23 de julio.
e) El artículo 32 del Real Decreto 1199/1999, de 9
de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de
mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa
Tributaria y se regula el estatuto concesional de
la red de expendedurías de tabaco y timbre.
Veo por tanto, que no deroga la ley de castilla León, aparte por tema competencial, ya que supongo que la ley castellana regulara competencias autonómicas.
Respuesta
1
No, no las deroga.
No las deroga salvo que vayan en contra de algún precepto básico de la nueva Ley, en cuyo caso la Comunidad Autónoma tendría que adecuar su legislación a esos preceptos básicos.
Respuesta
1
No; ambas normas se rigen por el principio de competencia y no por el de jerarquía. La normativa autonómica seguirá vigente, sin perjuicio de que acaso deba adaptarse a la norma básica del Estado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas