¿Puedo pedir una excedencia?

Quería consultarle lo siguiente: llevo en una empresa desde 2005 pero en septiembre de 2013 esa empresa se fue y me subrogaron ya que esa empresa es una contrata, resulta que necesito pedir 3 meses de excedencia en septiembre por estudios,, la pregunta es si por esto de la subrogación la empresa nueva me lo va a respetar aunque aun no llevo un año con ella o no me va a dejar pedir la excedencia, firme un papel en septiembre como que la empresa entrante me respetaba la antigüedad.

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Cuando una empresa subroga a un trabajador trabajador el trabajador pasa a formar parte de la nueva empresa con las mismas condiciones mismos derechos que tenia en la empresa subrogada, la misma antigüedad el mismo sueldo y categoría profesional la misma jornada y distribución horaria, etc .. Por lo tanto a ti la antigüedad que se tiene que tener en cuenta es la que tenias antes de la subrogación mas la que generes en la nueva empresa.. Por lo tanto como al pasar a la nueva empresa se tiene en cuenta la antigüedad de la empresa anterior, la nueva empresa no te puede denegar un derecho recogido en el articulo 46 punto 2 del ET, si te le denegara puedes acudir al juzgado de lo social para relamer el ejercicio del derecho a la concesión de una excedencia voluntaria..

Gracias por la aclaración, una ultima cosa que se me olvido preguntar, ¿esa excedencia hay que pedirla con algún margen de tiempo? porque yo tengo el mes de agosto de vacaciones y me la quería coger en septiembre, es decir seguida de mis vacaciones y no se si se podrá hacer eso, Un saludo

Como en el ET no se indica nada respecto al preaviso de la excedencia voluntaria, hay que consultar el convenio colectivo y si en el convenio colectivo no se indica el tiempo de antelación con el que se tiene que solicitar la excedencia voluntaria, entonces lo mas aconsejable es solicitarla por escrito con 15 días de antelación indicando en la solicitud el tiempo de duración de la excedencia, una vez se adquiere el derecho a solicitar la excedencia la puedes solicitar cuando te venga bien antes o después de las vacaciones pero siempre por escrito y con antelación..

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