Prorroga de excedencia voluntaria. Periodos de tiempo

Desde hace 6 años llevaba trabajando en la misma empresa con contrato laboral fijo

El día 27 de febrero de 2012 entro en periodo de excedencia voluntaria por un periodo de 4 meses (.. Preavisando a la empresa con 15 días naturales de preaviso)

En Julio se cumplen los 4 meses de la excedencia solicitada.
Puedo pedir prorrogar la excedencia en 8 meses mas(4 meses iniciales mas 8 de ahora, ¿total un año)?

... ¿Con cuánto tiempo de antelación debo comunicarlo?
... ¿Es obligación de la empresa aceptar la prórroga o pueden rechazarla?

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La excedencia voluntaria se puede solicitar como mínimo por cuatro meses y como máximo por 5 años, antes del vencimiento de la fecha de la excedencia se puede solicitar la renovación hasta un máximo de 5 años y no se puede volver a solicitar hasta que no hayan transcurrido 4 años desde la ultima excedencia, la antelación con la que se tiene que solicitar la excedencia es la que establezca el convenio colectivo si en el convenio no dice nada 15 días, la empresa puede aceptar la prorroga pero también la puede denegar si en el momento de solicitar la prorroga la empresa requiere de los servicios del trabajador, en excedencia.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

...la presenté 15 días antes....(aun no me han respondido) ampliándola de los 4 meses...a un año en total...entiendo entonces..que una vez transcurrido el año (si es que me la han aceptado) no podría prorrogarla nuevamente?

Siento decirte que la Empresa se puede negar a concederte esa prorroga por lo que te tendrías que incorporar y en caso de no hacerlo se consideraría como una baja voluntaria. (Articulo 46.2 del estatuto de los trabajadores modificado por LO 3/2007 disposición adicional 11ª ocho, - 5 y 6). Se establece en numerosas sentencias del tribunal Supremo que es necesaria la concesión por parte del empresario de esa prorroga, ya que la excedencia voluntaria no es un derecho del trabajador sino que requiere de acuerdo entre ambas partes. La Empresa no tiene por que exponer las causas por las que deniega la prorroga igual que tu tampoco tuviste que poner los motivos por los que te acogías a una excedencia voluntaria. En todo caso si se exige legalmente que tanto la concesión como la denegación sea de forma expresa, es decir, por escrito.
Si cuando venza la fecha de la excedencia no te reincorporas al trabajo, se considerara una una baja voluntaria a todos los efectos (no tienes derecho a paro). Pero si crees que la decisión de la empresa es injusto y no motivada por otras razones puedes acudir y reclamar la prórroga vía judicial.. no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta, gracias..

http://excedencia.blogspot.com.es/search/label/prorroga

Hola...

Una aclaración final...

El periodo de preavisos para la prórroga es válido con 15 días tal como hice?

Tienes que atenerte a lo que establezca el convenio colectivo al respecto pero si en el convenio colectivo no especifica los días de antelación con los que se tiene que solicitar la prorroga se deberá ser solicitadas al menos, con quince días de antelación al término del disfrute de la excedencia inicial, así que echa una ojeada al convenio y si en el convenio no hay nada al respecto con los de 15 días as cumplido.. No se te olvide cerrar la pregunta

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