Excedencias

Hola,
Tengo varias dudas con respecto al tema de excedencias y me han dado muchas opiniones diferentes...
Mi novio ha encontrado un trabajo en China y quiero solicitar la excedencia en mi actual puesto para poder irme con él.
El convenio que regula la actividad de mi empresa no especifica nada en cuanto a excedencias, remitiendo al marco general del Estatuto de los Trabajadores.
Lo primero, con una excedencia voluntaria, ¿puedo trabajar en China?
Por otro lado, entiendo que al ser excedencia voluntaria, no tengo derecho a recuperar mi puesto, solamente tendría una situación de reincorporación preferente a mi vuelta, siempre que exista la vacante, claro.
Dado que mi empresa es pequeña, es probable que si vuelvo en un año no haya esa vacante todavía.
En ese caso: tendría que estar esperando, sin poder trabajar, ¿hasta qué saliera la vacante o mi empresa debe despedirme y por tanto podría cobrar mi paro?
Aunque legalmente no estuvieran obligados a despedirme a la vuelta, si me dan la opción de arreglarme papeles para el paro en caso de no tener puesto para mí, ¿podría cobrarlo o lo pierdo por no estar cotizando ese año?
Gracias

1 respuesta

Respuesta
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1 si puedes trabajar en china
2 tendrías preferencia en la primera bacante que hubiese
3 puedes trabajar y si te llamasen elegir uno u otro
Si la empresa te arregla los papeles podrías cobrarlo pues al estar en excedencia no pierdes el derecho al paro

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