Con contrato de obra en fraude de ley, ¿Me pueden "obligar" a viajar al extranjero?

Expongo brevemente mi caso: Estoy con un contrato por obra o servicio desde 2010. Desde Junio de 2012 no desempeño las funciones indicadas en dicho contrato, por lo cual entiendo que está en fraude de ley. A mediados de abril me dijero que tenia que ir a Sudamérica durante 1 mes y medio. Ahora cuando me vuelvo me dicen que tengo que quedarme 4 o 5 meses más, a lo cual me niego con mis condiciones actuales.

¿Qué me implicaría el negarme a viajar otra vez fuera teniendo el contrato arriba indicado?

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En principio y sin examinar la documentación puedo decirle que el hecho de que el contrato esté en fraude de ley no influye para nada en el tema que plantea.

Le explico el hecho de que su contrato esté en fraude de ley lo que implica es que usted es un trabajador indefinido, pero para ello tendrá que reconocerlo la empresa y si no lo hace tendrá que hacerlo un Juez previa presentación de demanda.

Si usted se niega a viajar la empresa puede considerarlo desobediencia y sancionarle, e incluso despedirle según el caso (aunque no sería despido porque la empresa alegaría fin de contrato de obra)

Le aconsejo que negocie con la empresa una contraprestación económica por el viaje, aunque en cualquier caso debería ponerse en contacto con un abogado para que examine la documentación (Contrato, nóminas, etc.) y le asesore en profundidad.

Si desea que le lleve su caso me ofrezco, para lo cual puede ponerse en contacto conmigo en [email protected]

Puede visitar mi web: <a>http://rafaelmoncayosuarez.wix.com/legalandsure</a>

Muchas gracias por la respuesta. Otra tema sería que el fin de obra fue el día 30 de abril, lo cual está firmado. Y yo sigo con dicho contrato por obra o servicio. Entiendo que si quisieran despedirme me tendrían que considerar como indefinido. La duda es:

Si deciden despedirme por no viajar, ¿es considerado como despido procedente? ¿Tengo derecho a indemnización? ¿20 días por año? ¿Tengo derecho a paro?

Gracias de antemano.

Salvo actuación extraña por parte de la empresa, (cosa que no sucede a menudo) no le reconocerán como indefinido y tendrá que reclamarlo judicialmente.

Como le he dicho antes si usted se niega a viajar, lo más probable es que la empresa le diga que la obra ha finalizado (le indemnizarán con 8 días de salario por año de servicio) o bien que usted ha incumplido órdenes (despido disciplinario que no lleva aparejada indemnización alguna)

De todas formas esto será lo que dice la empresa pero no necesariamente lo que sea en realidad. Quiero decirle que si se reclama y se demuestra que usted es indefinido el despido será improcedente, pero necesitará reclamarlo por vía judicial (salvo milagro que la empresa le reconozca el despido como improcedente)

Un saludo

Si desea que le lleve su caso escríbame a [email protected]

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