Despido improcedente con "obra y servicio"

He leído en este foro que en un contrato de "obra y servicio", cuando hay un "fin de obra" corresponden 8 días por año como indemnización, pero si es un despido improcedente, de un día para otro, ¿cuánto corresponde?
También me gustaría saber que hace falta para que el despido sea improcedente.
En mi caso llevo meses trabajando en una empresa con contrato por obra y servicio. En el contrato indica como obra "Proyectos de aplicaciones y desarrollos", lo que es la tarea "normal" de la empresa, por lo que a mi entender, este pasa a estar en "fraude de ley" y pasa a ser indefinido, con su indemnización de 45 días por año.

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Puede que estés en lo cierto, y tu contrato este en fraud de ley, pero para que se te reconozca, solo hay un sitio donde lo hagan, o dicho de otra forma, solo puedes hacer una cosa, que no es otra que presentar una demanda, ante el juzgado de lo social, ya que la empresa de mutis propio, no lo hará.
Acude a un abogado, o un sindicato, presenta demanda, y si puedes demostrar, a la empresa la condenaran con un despido nulo, con readmisión del trabajador, o la indemnización de los 45 días por despido improcedente.
No tienes nada que perder y si bastante que ganar, la decisión es tuya, piénsatelo y decide.
Gracias por la respuesta casi inmediata.
En todo caso, ya que yo solo llevo 4 meses trabajando, la diferencia de los 8 días a los 45, aunque es grande, tampoco es escandalosa. A mi me gustaría saber cuanto me toca "si no hago nada" por un despido en el mismo día, con un contrato por "Obra y servicio". He leído que por fin de obra son 8 días, ¿pero en este?.
El contrato por el que preguntas, tiene fecha de inicio, y fecha de finalización, la obra o el servicio.
Si te despiden de un día para otro, puede ser porque el mismo contrato, terminase en esa fecha.
La indemnización, puede variar también, dependiendo del convenio que te apliquen.
Cuanteme algo más y te indico, ok.
Bien, te explico. Mi convenio es el de oficinas y despachos, y vivo en Barcelona. La obra no ha finalizado, porque los proyectos de los que yo me encargaba no han finalizado, de hecho ayer puse al día a los compañeros que a partir de hoy se han encargado de ellos. De hecho, en el contrato no figura que esos proyectos sean el objeto de la "obra y servicio", simplemente dice "proyectos de aplicaciones y desarrollo".
La razón que me han dado para despedirme es que les han recortado subvenciones y tienen que recortar gastos. Por lo que me dieron la opción de estar 15 días más y que conste como un "fin de obra" o que me podía ir ya y constaba como un despido. En este caso yo creo que es un despido improcedente (porque yo no he hecho nada para que me despidan), y me gustaría saber cuanto me tocaría.
Todo esto independientemente de que decida demandar por "fraude de ley".
Muchas gracias.
El despido por ese tipo de contratos, como bien decías, son 8 días por año.
La otra posibilidad que te queda es la denuncia, tal y como me cuentas, yo no pondría muchas esperanzas para que reconozcan un despido improcedente. Pero la ultima palabra es la tuya, como te decía, si puedes dmostrar el posible fraude, adelante, si ni tu mismo ves factible la posible denuncia, o el conseguir que se dicte sentencia a tu favor, pues la indemnización de los 8 días por año, o la parte proporcional.

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