¿Qué indemnización me tendrían que pagar por despido improcedente en el trabajo?

El pasado día 26/06 mi jefa me dice que la empresa no tiene muchos ingresos y que me tiene que reducir la jornada. Yo no quiero hacer menos horas, pero entiendo la situación. Bajo la presión me veo obligada a firmar un documento que dice lo siguiente:

(Nombre de mi jefa) como administradora de la empresa (Nombre empresa) y numero de C.C.C (xxx) con domicilio social (xxx) y (Mi nombre) con DNI (xxx) y nº de afiliación (xxx) como trabajadora de la empresa,

ACUERDAN

Que a partir del 01/07/2013 la jornada laboral pasará de 32 a 18 horas semanales.

Las dos partes firman el presente documento en conformidad con su contenido

(Lugar) 01/07/2013

Ella se va corriendo al gestor. Y yo, al día siguiente y buscando ofertas de trabajo por Internet me doy cuenta de que está buscando a una persona con el mismo perfil que yo, por lo que deduzco que todo es una trampa para echarme pagándome la mitad. Lo que hice ayer día 28/06/2013 es cogerme la baja.

¿Mi duda es si voy a cobrar el despido improcedente (si es que lo pudo cobrar) en función de las 32 horas o de las 18?

Mi duda es la misma con respecto a la baja y al paro. ¿Cobraré en función de 32 horas o de 18?

Respuesta
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Lo que has firmado es una modificación de contrato fruto de acuerdo entre las partes.

Si lo has firmado es que estás conforme con que tu contrato pase de 32 horas a 18.

Si te extingue el contrato, habría que ver porque lo hace, tú deberías denunciarlo y será el Juez el que lo califique o no como improcedente.

Este documento no es una modificación sustancial de contrato que la empresa te impone, sino que lo que has firmado es tu conformidad con la reducción de tu jornada de trabajo.

Tu contrato a partir de ahora es solo de 18 horas.

Si te despide solo te finiquitará lo que te deba y serás tu la que tendrá que denunciar la extinción del contrato si consideras que es improcedente.

El Juez resolverá al respecto y si así fuera se te pagará la indemnización de 45 días de salario por año de servicio por lo trabajado del 11 de Febrero de 2012 hacia atrás y 33 días por año del 12 de Febrero de 2012 en adelante.

Para calcular el salario/día para la indemnización se tomará la media de las últimas 12 nóminas.

El paro lo cobras con la regla de las Bases de cotización de los 6 meses anteriores a la baja dividido por 180 y a eso se aplica el 70% los 6 primeros meses y el 50% del día 181 en adelante. Por tanto esa reducción de salario te afectaría al paro lógicamente.

Esther no tenías que haber firmado ese acuerdo voluntario de reducción de tu jornada, deberías o no haber firmado o haber pedido unos días para su lectura y asesoramiento.

Nuestra web persigue precisamente que éstas cosas no os cojan de sorpresa gracias a los cursos de formación que impartimos o la posibilidad de hacernos una consulta laboral online.

Un saludo. No olvides cerrar tu pregunta y puntuar.

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