Hola empecé en una empresa el 1 de agosto y empezaron a cotizarme el 9 de agosto no he firmado el co

Empecé en una empresa el 1 de agosto y empezaron a cotizarme el 9 de agosto no he firmado el contrato pero estoy en el mes de prueba, como puedo rescindir el contrato.

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Si estas en periodo de prueba te puedes marchar de la empresa cuando quieras sin la obligación de avisar con anticipación ni la de dar ninguna explicación.. El periodo de prueba un periodo de tiempo que necesita tanto el trabajador como el empresario para comprobar si se cumplen las condiciones establecidas en el contrato de trabajo, por ambas partes y cualquiera de las partes puede poner fin a las relaciones laborales dentro del periodo de prueba cuando lo crean conveniente sin mas explicaciones.. otra cosa diferente es cuando a pasado el periodo de prueba, entonces si se tiene la obligación de avisar al empresario con la antelación que establezca el convenio colectivo y si en el convenio colectivo no se especifica los días de preaviso entonces hay que echar mano a lo que se conoce como la costumbre del lugar o lo que es lo mismo con con 15 días de antelación, porque si no se preavisa a la empresa por cada día de falta de preaviso la empresa esta en su derecho de descontar del finiquito el equivalente a un día de salario, pero si no a pasado el perorado de prueba te puedes ir de la empresa cuando quieras y lo de dar explicaciones queda a tu criterio pero no estas obligado a dar ninguna explicación... Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Pero me darán los papeles para poder pedir prestación si me voy

Gracias

La pega con la que te vas a encontrar si eres tu quien se marcha voluntariamente de la empresa es que, el cese voluntario no esta considerado como una situación legal de desempleo y por lo tanto de corresponderte la prestación por desempleo no tendrás derecho a cobrar dicha prestación hasta que no transcurran tres meses desde el cese en la empresa anterior, y la finalización de otro contrato de trabajo ya sea por finalización del contrato por no pasar el periodo de prueba o por cualquier otra circunstancia a instancias del empresario y ajenas a tu voluntad, es decir que para que puedas acceder a la prestación que te corresponda después de marcharte voluntariamente de la empresa, tienen que haber pasado tres meses y encontrarte en situación legal de desempleo en el momento de solicitar la prestación por desempleo y para encontrarte en esa situación tienes que haber finalizado un contrato de trabajo de 1,2, o 3 meses, o haber sido despedido a instancias del empresario como por ejemplo por no haber pasado el periodo de prueba, porque mientras no se de cualquiera de esas circunstancias y no te encuentres en situación legal de desempleo en el INEM no te van a tramitar la prestación por desempleo.. Espero haberte aclarado las dudas, No se te olvide finalizar la pregunta gracias..

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