Excedencia y paro, ¿Son compatibles?

Mi situación es la siguiente : Llevo 9 años y medio en una empresa y quiero irme de la empresa por taslado de ciudad, me gustaría saber si pidiendo yo la baja voluntaria y pidiendo una excedencia de 4 meses ( ¿o es mejor NO solicitar excedencia? ), si luego me pondría a trabajar en una empresa ( tres meses o más ) y una vez finalizado el contrato, no me renovan o me echan antes de la finalización del mismo, tendría derecho a cobrar el paro del antiguo trabajo, es decir, ¿del qué llevo 9 años y medio?

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Si tras obtener la excedencia voluntaria, trabaja en otra empresa diferente, finaliza la relación laboral por causas no imputables a usted y solicita la prestación, podría tener derecho a la misma si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado en el momento de la situación legal de desempleo y hasta que se pueda hacer efectiva su reincorporación a la empresa en la que está excedente. En este caso, si la duración de la prestación es superior a la duración del periodo de excedencia, cobrará la prestación hasta que finalice la excedencia, porque, a partir de ese momento, el abono de la prestación se suspenderá a la espera de que solicite su reincorporación a la empresa y ésta le responda. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar su reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrá continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.
¿Y si el caso es el mismo pero sin solicitar la excedencia? ¿Cómo quedaría?
Muchas Gracias.
Saludos.
Si no pides la excedencia, y cesas voluntariamente en la empresa en la que estas trabajando para comenzar a trabajar en otra, y si cuando transcurran 3 meses o más no pasas el periodo de prueba, finaliza el contrato o te despide el empresario por alguna causa ajena a tu voluntad, estarás en situación legal de desempleo y por lo tanto tenderas derecho a percibir la prestación por desempleo, pero si el despido a instancias del empresario se produce antes de los tres meses, aunque sea por una causa ajena a tu voluntad como por ejemplo por no pasar el periodo de prueba, entonces en el INEM no te va a reconocer el derecho a la prestación por desempleo, al considerar que no estas en situación legal, de desempleo porque para estar en situación legal de desempleo tienen que transcurrir 3 meses desde el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no pasar el periodo de prueba por haber finalizado el contrato o por haber perdido el trabajo a instancias del empresario, en la ultima empresa.. no se te olvide finalizar la pregunta

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