Excedencia y cierre de empresa

He pedido la excedencia por baja maternal de un año, pero me da la impresio de que la empresa cerrara antes de cumplir el plazo para el reingreso, ¿en qué situación me quedo? ¿Directamente en el paro en el momento del cierre o después de agotar el año? Y otra pregunta, por despido como se calcula la indemnización, por que he visto varias cosas, 20 días por año, 33, ¿45? Gracias

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Directamente en el paro en el momento del cierre si has solicitado pra esa fecha el reingreso, si no es así, te quedas en el desempleo a la finalización del año, mi consejo es que te preocupes por la situación y solicites el reingreso cuando veas que la cosa se pone realmente fea (cuando se vaya a iniar el expediente de regulación o de cierre), si lo haces así, tampoco tendrás problema en poder percibir las indemnizaciones que correspongan (20 días por año en este caso).
Indemnizaciones:
20 días por año de servicio si el despido es objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas, producción, etc...)
33 días si el despido es iniciado de manera objetiva (casos anteriores), es considerado posterioemente como improcedente a nivel judicial y el trabajador/a tenía un contrato de fomento de empleo hecho desde el año 1997 y con aplicación de la cláusula de "despido barato".
45 días si el despido es improcedente sin haberse tramitado como un despido objetivo inicialmente.

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