Interpretación convenio colectivo-parte b
Recién acabo de leer la respuesta del experto a mi pregunta sobre el horario de verano a aplicar según el Convenio Colectivo de la Construcción para la provincia de Alicante. En el último párrafo, me dices que a pesar de que la empresa debería aplicar este horario, se deben organizar turnos rotativos por el 25% de la plantilla. Pues bien, en la empresa, aparte de dos directivos, somos unos 30 en plantilla, pero en la oficina sólo yo (el resto son albañiles) por lo que no me podría turnar con nadie para las funciones de secretariado que desempeño: ¿Debería entonces la empresa contratar a alguien eventual durante ese periodo para las horas en que quisieran tener abierta la oficina, en su caso, y que no coincidan con mi horario de verano?. Espero con impaciencia (ya es cuatro de junio, debería haber empezado con el nuevo horario) tu respuesta, que imagino será tan diligente como la anterior. Gracias.
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Respuesta de cinto
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