¿Puedo denunciar a la empresa?

Llevo 3 años trabajando en la misma empresa,,,,,,,,,,,,, desde hace 2 meses la actividad laboral, ha cesado, solo tengo que estar las 8 horas de jornada, sentado en mi mesa sin hacer nada... Dicen que le empresa cierra, que podrían trasladarme a otra, pero son solo habladurías, a mi no me han dicho nada,,,,,,,,,,, mientras tanto, la duda diaria de si me van a echar, ¿8 horas de jornada sin hacer nada,,,,,,,,,,,, que hago?

1 Respuesta

Respuesta
1

Mientras la empresa no mueva ficha tu no la puedes demandar a no ser que tengas al menos 3 nominas sin cobrar por lo que la podrías demandar por reclamación de cantidad pero si la empresa no tiene ninguna deuda contigo mientras no te despidan no puedes hacer nada porque si no te deben nada te siguen pagando todos los meses y no te han notificado personalmente nada sobre un posible despido,¿sobre qué causas vas a fundamentar la demanda contra la empresa,?. Pero si llegado el momento te despiden por causas económicas la empresa, esta obligada a notificarte por escrito las causas del despido y la fecha en la que se va a hacer efectivo dicho despido.. Si el despido es un despido objetivo por causas económicas, técnicas organizativas de producción, por in adaptación a los cambios de los medios de producción o tecnológicos ineptitud sobrevenida o a la falta de asistencia al trabajo aunque las faltas estén justificadas, pero sobrepasen el 20% de la jornada laboral en dos meses consecutivos o el 25 %en 4 meses alternos dentro de los últimos 12 meses, excepto las producidas como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, la empresa esta obligada a notificarte el despido por escrito con 15 días de antelación aunque los 15 días de preaviso los puede sustituir por una indemnización equivalente a 15 días de salario, además de poner a tu disposición junto a la carta de despido los 20 días de indemnización y concederte un permiso semanal de 6 horas retribuidas para que te dediques a buscar un nuevo trabajo, si la empresa no cumple con alguna de esas medidas, entonces es cuando tienes que demandar a la empresa, ante el SMAC por despido nulo o improcedente, mientras eso no suceda tendrás que permanecer a la espera de que la empresa mueva ficha... Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas