¿Me pueden despedir estando de baja?

A ver si me puedes aclarar una consulta:
Llevo mes y medio de baja laboral por una tendinopatía rotuliana. Trabajo en un taller como mecánico bastante limitado. Estoy de baja por la ss y estoy a la espera de hacer una rehabilitación cerca de dos meses y medio.
Ayer me citaron para quedar con el jefe, y este me ha dicho que, ¿o me cojo el alta pronto o que me despide. Qué debo hacer?

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Desgraciadamente tu jefe te puede despedir aun que estés de baja por accidente de trabajo o por enfermedad común pero te tiene que notificarte, por escrito las causas y la fecha del despidoen con 15 días de antelación y por supuesto que no te va a despedir por que es tes en situación de IT, si no que se sacara de la manga un despido objetivo por ineptitud o por causas económicas, para que no te tenga que pagarte la indemnización por despido improcedente más el salario de tramitación, si no que tratara de buscar la forma de pagarte los 20 días correspondientes a un despido objetivo o por causas económicas.. Mira como ya te e dicho tu jefe te puede despedir y lo máximo que le pueda suceder en el supuesto de que le demandaras por despido improcedente es que al final a tu jefe no le quede más remedio que reconocer que te ha despedido sin ninguna causa que justifique el despido y que te tenga que indemnizar por despido improcedente, si llegáis a un acuerdo en el acto de conciliación en el SMAC, o que te tenga que abonar además de la indemnización por despido improcedente los salarios de tramitación desde el día del despido hasta el día de la notificación de la sentencia favorable al despido improcedente en el supuesto de que no lleguéis un acuerdo en el acto de conciliación le tengas que demandar judicialmente.. Pero tienes que saber que con la nueva ley de empleo ya no es el trabajador el que decide si reincorporarse al trabajo o cobrar la indemnización y el desempleo como sucedía antes de la entrada en vigor de la nueva ley de empleo cuando se demostraba que el trabajador había sido despedido si ninguna causa que lo justificará, si no que ahora es el empresario el que dispone de 5 días después de la sentencia para decidir si readmite al trabajador o le paga la indemnización más los salarios de tramitación si pasados los 5 días no hay ninguna respuesta se entiende que opta por la readmisión del trabajador.. Te digo todo esto para que lo tengas en cuenta y decidas que es lo que más te conviene hacer, pero si me permites un consejo, yo no aceptaría el chantaje de tu jefe y me pondría desde YA en manos de un sindicato o de un abogado laboralista para que te iría indicando los pasos que tienes que ir dando para demandar a tu jefe antes de que te despida, pero eso queda a tu elección.. Si no me necesitas más no se te olvide finalizar y puntuar la respuesta

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