Prestación desempleo tras divorcio

A mediados de 2010 comencé a cobrar una prestación de desempleo con cargas familiares (mujer y dos hijos).
A finales de 2010 se falló una sentencia de divorcio de mi ex mujer. No comuniqué nada porque la pensión alimenticia por mis hijos excede un 60% de la cuantía de la prestación (consideré que seguía teniendo cargas familiares). Así, he seguido cobrando la prestación hasta estos momentos en igual cuantía.
¿Debería haber comunicado el divorcio? ¿Puedo tener problemas en el antiguo Inem al agotárseme la prestación y pedir cualquier ayuda?

2 respuestas

Respuesta
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La obligación de comunicar cualquier cambio es de benficiario de prestaciones, en este caso tuya, por lo que cuando tuviste el fallo tendrías que comunicarlo.
Al tener que pasar pensión dealimentos claro que sigues teniendo cargas, pero tu situación ha cambiado, no te afcta al derecho, así que no t preocupes que no te rclamar´n nada.
No sé si ya has agotado el subsidio o aún tienes que prorrogar, si tuvieses que prorrogar tan pront la tengas que hacer lleva la documentación : sntencia divorcio + convenio regulador. Y ya la ctualizas, y si no no pasa nada, si alguna vez tienes que volver a solicita pues llevas eso y ya está.
Esper haberte ayudado
Respuesta
Si estas pasando la pensión alimenticia a tus hijos son cargas familiares no deberías tener problemas

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