Anulación Jornada Extraordinaria

Tenía previsto trabajar en un día festivo por horas extraordinarias y por supuesto fuera de mi jornada laboral, es decir en un día de descanso, este servicio está ordenado por mis superiores desde un mes antes de su ejecución, pudiéndome negar a ello en los cinco días posteriores a la puesta en el cuadrante de trabajo 21/03/2011.
Pues bien con el fin de realizarlo no renuncié a ello, pero con 24 horas de antelación a la realización de la jornada mencionada y al mes de la publicación de las horas extraordinarias y sólo a mí, me comunican que no tengo que realizarlo, es decir que por circunstancias ajenas a mi, se suspende la realización de esa jornada extraordinaria.
En la notificación sólo se explica que es por causa mayor, sin especificar cual es la causa que lo determina, pero sé que es por mal tiempo.
La pregunta es si; ¿Tengo derecho a solicitar que me la abonen, sin haberla realizado, ya que era un servicio firme y sólo me lo han suprimido a mí y no a todos los trabajadores que tenían previsto el mismo servicio y en las mismas condiciones que yo, sólo por ser el último de la lista en asignármelo?.
   Tengo que decir que ese día de trabajo que tenía en los descansos de Semana Santa, me han afectado en la planificación de mis vacaciones o descansos de dicha semana.
   Creo que la empresa deberá soportar los perjuicios por las inclemencias del tiempo por querer asegurarse con un mes de antelación que estaban cubiertos esos días especiales.

3 respuestas

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Si podrías poner demanda por daños i perjuicios pero no se si te bale la pena ponerte a malas con la empresa pues suelen tener represarías y lo que consigas quizás no te compense y no te sepa mal que te lo diga tan claro pero actualmente es así
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Las horas extraordinarias son de carácter voluntario, eso está claro, el trabajador decide si las hace o no.
En cuanto a reclamar ese día, no tienes derecho ya que tenía carácter de horas extraordinarias que finalmente no se realizaron. No es lo mismo que fuera una jornada laboral normal y no pudieras llevarla a cabo, eso es un problema de la empresa, no tuyo, y en ese caso estarían obligados a abonarlo normalmente.
Lo que te queda claro es que para otra vez que te digan de hacer horas puedes decirles que si, y el último día decirles que no, por causas personales, ya que no estás obligado por mucho que lo planifique la empresa con un mes de antelación.
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La empresa es competente para organizar el trabajo. Si por el motivo que sea se anulo el día que tenia adjudicado como extraordinario, entiendo no tiene derecho a reclamar el mismo.
Deduzco no obstante por el contenido de su pregunta que deben tener un convenio propio que regula estos días extraordinarios o al menos algún tipo de acuerdo con el comité de empresa, por lo cual seria conveniente ver dicho convenio a fin de saber si dispone algo para casos como el suyo.

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