Subida sueldo IPC

Hola,
Este mes me acaban de subir el sueldo según el IPC del 2009, pero me han dicho que esto es una subida voluntaria ya que corbo más delo que estipula el convenio.
Entonces en la nómina me han puesto la subida como "mejora voluntaria absorbible". Estoy en el Convenio de Oficinas y Despachos de Catalunya y no veo en ningún lugar que la subida del IPC no sea obligatoria.
Te agradecería si me lo pudieras aclarar por favor.
Muchas gracias y saludos.

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El salario de convenio es el salario mínimo legal que te corresponde cobrar, este sube todos los años según lo pactado en el convenio colectivo, suele ser el IPC más un pequeño porcentaje.
Como mínimo pueden pagarte lo indicado en el convenio con las subidas establecidas en el mismo y con el desglose de todos los conceptos salariales indicados en el convenio, aunque lo normal es cobrar por encima del convenio en función de lo pactado con la empresa, en conceptos salariales como por ejemplo mejora voluntaria (que en la práctica no es tal).
Este será el verdadero salario, el pactado, y se cobrará en función al pacto acordado, si no se dice nada el sueldo puede congelarse hasta que el sueldo de convenio iguale al pactado entre empresa y trabajador, salvo que ambas partes pactéis un acuerdo diferente como por ejemplo que el salario pactado se revalorice anualmente en proporción al IPC.
Los pactos conviene dejarlos por escrito por si fuera necesario exigir su cumplimiento.

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