Liquidación de vacaciones

Tras tres años con contrato indefinido, me he ido con baja voluntaria de la empresa (3 Noviembre). No he disfrutado de ningún día de vacaciones en todo el año, pero he estado de baja por enfermedad común desde el 14 de abril hasta el día antes de la baja voluntaria. A la hora de liquidarme, me liquidan con la nómina de octubre y a parte con las vaciones, pero veo que es una cantidad irrisoria, pero no me especifican los días de vacaciones que me pagan. (Aunque sé que por ley me pertenecen 25,25 días) ¿Cómo puedo calcular el salario por cada día de vacaciones retribuidas? Es que mis nóminas, a partir de abril, al estar de baja no sale salario base ni nada de eso, así que no sé cómo calcularlo. Mi contrato se acoge al convenio de la hostelería de Sevilla.
Gracias por su atención.

1 respuesta

Respuesta
1
http://web.ugt-andalucia.com/convenios/se_hosteleria_10.pdf
En ese enlace puedes ver tu convenio. No me dices tu categoría profesional por eso no te he calculado yo misma lo que has de cobrar de vacaciones, pero es muy fácil, de vacaciones se cobra el salario base, por lo que has de tomar el salario base correspondiente a tu categoría profesional, dividirlo entre 30 y multiplicarlo por 25,25 que es lo que te corresonde de vacaciones. Ten cuidado a la hora de firmar documentos, si firmas una cantidad, significa que estas de acuerdo con ella y después tendrás muy difícil reclamar si es más dinero el que te corresponde.
Ok gracias, mi categoría profesional es la 10, mi contrato indefinido a tiempo parcial de 25 horas, aunque lo normal es que trabajara menos y cobraba menos evidentemente (aunque no sé si esto es legal) pero como mínimo 16 horas semanales. Si quieres algún dato más... Me quieren liquidar respecto a las vacaciones con 208 euros y dicen que eso corresponde a los 25,25 días de vacaciones, pero que se referiere a que los 208 euros son 38 horas vacacionales que equivalen a lo trabajado desde el 1 de enero hasta el 14 de abril que enfermé. Les digo que desde abril deben seguir contando y dicen que no, que eso es lo que hay. ¿Dónde podría reclamar?
Gracias
No entiendo lo que tu categoría profesional es la 10, en el convenio hay 6 niveles y 9 secciones, ten en cuenta que si no trabajas 40 horas semanales, has de dividir el salario diario entre 8 y multiplicarlo por las horas que trabajes al día. La baja por I.T. no hace que pierdas días de vacaciones, así que te las tienen que pagar. Para reclamar has de buscar un abogado laboralista que interponga la demanda correspondiente. Los sindicatos ponen uno a disposición de sus afiliados, concretamente en UGT es totalmente gratuito a partir de los 2 años de afiliación y con descuents variables si se lleva menos tiempo afiliado.
Suerte

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas